Sin embargo, estos parados seguirán cobrando el paro y sólo recibirán de la empresa la diferencia entre la prestación y la retribución que le corresponda, según denuncian fuentes sindicales tras las primeras reuniones técnicas con el Ministerio de Empleo.
Hasta ahora, la Ley permitía que, con carácter voluntario, estos parados pudieran sustituir a trabajadores en formación en empresas de menos de 100 trabajadores. La nueva norma convierte esta posibilidad en obligatoria y elimina el límite de tamaño de la empresa.
Ésta es sólo una de las medidas que incluye la reforma laboral que los sindicatos quieren modificar durante el trámite parlamentario, tras un detenido análisis de sus servicios jurídicos, instancia que ha detectado además elementos de inconstitucionalidad de la norma.
Hay principios de inconstitucionalidad
Desde CC.OO. se han remarcado varios bloques en los que se pueden observar estos problemas, y que se podrán en común con UGT. Si bien, reconocen que los recursos de inconstitucionalidad pueden demorarse hasta cinco años para tener una sentencia firme.
Desde un punto de vista formal, argumentan que el decreto, en tanto no tendrá efectos inmediatos, tal y cómo han admitido desde el Gobierno, no cumple con los requisitos de urgencia que exige la ley para su tramitación por esta vía.
Además, indican que el decreto "reproduce" la supresión de los salarios de tramitación que fue declarada inconstitucional en el 'decretazo' de 2002. Entonces se condenó al Gobierno a indemnizar a todos los trabajadores a los que se privó de tales salarios desde la entrada en vigor de aquella reforma laboral.
Asimismo, denuncian que "se toca de manera brutal" el desarrollo de las relaciones laborales al facilitar la inaplicación de los convenios colectivos y que la reforma "estimula" el despido improcedente al rebajar de 45 a 33 días la indemnización este tipo de extinciones de contrato.
