El organismo arbitral atiende así, según el acuerdo que recoge Europa Press, la petición cursada al efecto por el Ministerio de Defensa, teniendo en cuenta el informe favorable emitido a su vez por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos.
Eso sí, la JEC puntualiza que el que el depósito de los envíos de esos votos debe realizarse "antes de las 15:00 horas en la oficina principal de Correos en Madrid" y que los Servicios de Correos deben "asegurar la remisión en tiempo hábil de dichos votos a las Mesas electorales".