En estos momentos tenemos un código de buenas prácticas en el cual se definen aquellos colectivos que son especialmente vulnerables y que acordamos que para estos será posible la dación en pago, era posible la reestructuración de la deuda y también estableceremos que para este colectivo ampliado las cláusulas suelo no se aplican. Es decir que puede haber una liquidación total de las deudas entregando los activos que tiene disponible aunque estos activos valgan menos que la deuda