El PNV también pide un concurso para ciudadanos insolventes con quitas de más de la mitad de la deuda
EUROPA PRESS
08/02/201512:48 h.Así consta en una de las cuatro enmiendas que los nacionalistas vascos han presentado en el Congreso al proyecto de ley de Medidas Concursales, a las que ha tenido acceso Europa Press.
En concreto, proponen un artículo completo donde regular un procedimiento concursal especial para personas consumidores, alegando que la actual normativa prevé un régimen "prácticamente pensado en exclusiva para la insolvencia empresarial" y al que, por tanto, no se acogen los ciudadanos con dificultades para no verse abocados a una "penosísima situación personal" de "liquidación y ruina absoluta" sin posibilidades de segunda oportunidad.
"Esto plantea la exigencia de una reforma necesaria (de la Ley Concursal) dada la coyuntura actual, en la que se aprecia que en la práctica es más frecuente la insolvencia de la persona física y que el préstamo con garantía hipotecaria es la causa fundamental de las situaciones de insolvencia", añade.
NEGOCIACIÓN PREVIA
Así, el PNV propone que se puedan acoger a este nuevo procedimiento las personas consumidoras y usuarias que "por justas causas apreciadas por el juez" --sin precisar más-- no puedan cumplir o prevean que no podrán cumplir con sus obligaciones de pago.
Tras comunicar al Juzgado esta situación, el deudor tendrá un plazo de hasta dos meses para negociar con sus acreedores, contando en este trámite con el auxilio d un representante de una asociación de consumidores, que también se encargará de fijar el activo y el pasivo.
El objetivo será conseguir una propuesta anticipada de convenio, que podrá contener quitas superiores a la mitad de la deuda y/o esperas de hasta quince años. Este acuerdo deberá ser ratificado por al menos la mitad del pasivo del concurso y aprobado por el juez.
En caso de no alcanzar un acuerdo, el deudor tendrá que justificar "adecuadamente" al juez su estado de insolvencia y su endeudamiento, en aras a que se declare formalmente el concurso de acreedores, lo que conllevará el nombramiento de un asesor consumerista para todo el proceso.
CONCURSO DE ACREEDORES
Desde ese momento ya no se podrán iniciar ejecuciones singulares ni seguirse apremios administrativos o tributarios ni ejecutarse deudas con garantía real sobre la vivienda familiar. Asimismo, en ningún caso se podrá reducir más de un tercio de los ingresos el derecho de alimentos del afectado.
El juez nombrará en este momento también un administrador concursal único, cuya remuneración no podrá superar el 1% del pasivo total y se realizará con cargo a financiación pública en virtud de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. Todos los plazos para que este órgano presente la documentación serán abreviados, a fin de reducir al máximo los plazos del proceso.
Si no se acuerda un convenio tampoco en la fase de concurso, el deudor podrá presentar un plan de pagos específico que, en caso de ser también rechazado por el juez, dará paso a la fase de liquidación de oficio de todos sus bienes, que servirán para cubrir las deudas atendiendo un orden de prelación fijado en el desarrollo reglamentario de la normativa y que deberá precisar los créditos preferentes, incluyendo en todo caso las deudas tributarias y los créditos garantizados con garantía real sobre la vivienda.
No obstante, deberá primar el mantenimiento de los medios esenciales de vida del deudor. En caso de enajenarse el domicilio familiar por una hipoteca, el acreedor hipotecario se lo adjudicará por el importe fijado en la subasta, no reconociéndose no obstante la dación en pago pero sí la posibilidad de que el precio supere el valor de la deuda con lo que el remanente se aplicaría de forma prorrateada a otras cantidades pendientes de pago.
Concluido el concurso no podrán iniciarse nuevas acciones por deudas anteriores al mismo ni podrá ordenarse su reapertura, de modo que se dé al deudor la posibilidad de tener un 'fresh start' o segunda oportunidad.
CRÉDITOS PÚBLICOS
En las otras tres enmiendas, el PNV introduce unos cambios en la Ley General Presupuestaria, en la Ley General Tributaria y en la Ley Concursal para conseguir un marco legal que "permita a los deudores refinanciar sus pasivos de derecho público" dentro de las posibilidades que la nueva regulación les ofrece en el ámbito extrajudicial, "sin perjuicio de mantener las garantías propias de la naturaleza de estos créditos a favor de la Hacienda pública".
"Se contempla esta medida como fundamental para permitir que dichos procedimientos judiciales puedan operar como auténticas alternativas al concurso, lo que difícilmente se logrará si el crédito público sólo puede ser refinanciado en el marco del concurso", alegan los nacionalistas vascos.
Asimismo, se introducen modificaciones para que la Hacienda pública pueda "voluntariamente" participar en cualquiera de los estadios preconcursales de refinanciación que pueda proponer el deudor, "sin perjuicio de mantener alternativamente su facultad de alcanzar acuerdos o convenios singulares" con él.