El TUE da la razón a Adidas y rechaza registrar marca de calzado de competidor con dos bandas paralelas
EUROPA PRESS
01/03/201811:26 h.El tribunal europeo, con sede en Luxemburgo, confirma así la validez de la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), que ya denegó el registro de las dos marcas en la UE para calzado y otra para calzado de seguridad y protección de la sociedad belga en 2015 y 2016, al entender que había riesgo de confusión entre las marcas para los consumidores por su similitud y de que la sociedad belga se aprovechara de forma indebida de la notoriedad de la marca de Adidas.
En sendas sentencias dictadas este jueves, el Tribunal General de la UE mantiene que la EUIPO no cometió ningún error de apreciación al considerar que era probable que Shoe Branding Europe se aprovechara indebidamente de la notoriedad de la marca de Adidas y que no demostró "justa causa" para justificar el uso de sus marcas.
En el caso de la marca solicitada para calzado por la sociedad belga, el Tribunal General ya había rechazado su registro en mayo de 2015 al estimar que EUIPO concluyó erróneamente en una decisión anterior que no había similitud entre ambas marcas, decisión que confirmada en casación por el Tribunal de Justicia en febrero de 2016.