La Audiencia declara válidos los registros y las pruebas que dieron inicio al caso Nóos
EUROPA PRESS
11/06/201318:26 h.Mediante un auto al que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal de la Sección Segunda asevera que "lo único verdaderamente trascendente" es constatar que el acceso a las entidades Bufete de Asesoramiento Fiscal Tejeiro Medina y Bufete Medina Tejeiro Asesores así como a la vivienda de Torres "no se produjo conculcando franca, manifiesta y abiertamente el derecho fundamental a la inviolabilidad de su domicilio".
De hecho, recalca que los registros se verificaron en el curso de un procedimiento penal abierto a instancias de la Fiscalía Anticorrupción y en virtud de una resolución motivada, en forma de auto y no como "un mero documento formulario y estereotipado", habiendo motivado el juez instructor José Castro los hechos base que determinaron llevar a cabo los registros.
La Sala desestima de este modo el recurso de apelación que interpuso Torres contra el auto dictado por Castro para declarar la regularidad de estas diligencias.