El Gobierno recuerda que las declaraciones municipales de independencia o insumisión son recurridas ante la Justicia
EUROPA PRESS
07/04/201312:38 h.Así responde el Gobierno una pregunta que la líder de Unión, Progreso y Democracia (UPyD), Rosa Díez, había registrado en el Congreso interesándose por la forma en la que el Gobierno está vigilando la normativa vigente en aquellas localidades que se declaran como territorios catalanes libres asociados.
Díez planteaba esta cuestión a raíz de que el pasado 4 de septiembre el Ayuntamiento de Sant Pere de Torelló adoptara esta decisión mediante una iniciativa en la que se señalaba que las leyes y reglamentos españoles sólo sería vigentes en sus límites municipales "de forma provisional" hasta que el Parlament estableciese una legislación propia. A este municipio le han seguido tras la marcha del 11 de septiembre de Cataluña hasta un total de 180.
RECURSOS CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOS
En su contestación, a la que tuvo acceso Europa Press, el Ejecutivo explica que la Abogacía del Estado, a instancias de la delegada del Gobierno en Cataluña, Mª Llanos de Luna, viene interponiendo recursos contencioso-administrativos contra este tipo de actuaciones de las corporaciones locales que, según subraya, han decidido "fuera del ámbito de sus competencias o en contravención de sus obligaciones legales".
Con el asesoramiento de la Abogacía del Estado en Cataluña, la delegada del Gobierno en dicha comunidad, señala el texto, viene realizando los requerimientos previstos en la legislación de régimen local "instando el ejercicio de las acciones oportunas cuando se trata de acuerdos que pueden ser calificados como actos administrativos".
En concreto, el Gobierno especifica que ya hay interpuestos recursos en relación con los acuerdos adoptada por los ayuntamientos sobre declaraciones de constitución del territorio del municipio como territorio libre y soberano, sobre declaraciones de insumisión frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, promoviendo y/o acordando la utilización de la Agencia Tributaria Catalana y acuerdos o actos contrarios al cumplimiento de lo previsto en la ley que regula el uso de la bandera de España y el de otras enseñas.