El TSJC confirma la prohibición de ceder los datos del padrón de Cabrils para una consulta
EUROPA PRESS
14/01/201517:28 h.En la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC recogida por Europa Press, los magistrados desestiman el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento porque, entre otras cosas, la cesión comportaría "un evidente riesgo de lesión a los derechos a la intimidad personal".
"Toda cesión de datos personales recogidos en el padrón municipal fuera del marco legal de la citada ley de protección de datos entraña una lesión del derecho a su protección", concluye el TSJC en su escrito.
Todo ello ocurre pese a que el presidente de la Generalitat, Artur Mas, prescindió de la consulta inicialmente prevista sobre la independencia --tras la suspensión por parte del Tribunal Constitucional (TC)-- y lo sustituyó por un proceso participativo.
Y es que el tribunal considera que, entre la convocatoria y la decisión del TC, "hubieran podido hallarse los datos personales del recurrente --el vecino de Cabrils Alejandro Rusiñol--, recogidos en el padrón del municipio de Cabrils, disponibles a unos fines que no son los legalmente previstos".