Absuelto un hombre acusado de abusar de su hermano con parálisis cerebral
EUROPA PRESS
04/07/201114:12 h.La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a un hombre acusado de insultar, maltratar y abusar sexualmente de su hermano, que se encuentra en silla de ruedas debido a una parálisis cerebral infantil, por falta de pruebas. El sumario inicial se extravió y sólo se conservó la copia del atestado de la Guardia Civil, la declaración del acusado y un informe parcial de la médico que exploró a la víctima.
La fiscal pedía para este hombre, de 32 años y con antecedentes por drogas y robos, una pena de 35 años de prisión por dos delitos de agresión sexual; otro de violencia habitual en el ámbito familiar; y uno más de amenazas; que se le prohibiera acercarse a la víctima por un tiempo de 28 años; y que le indemnizara con 30.000 euros por los daños morales causados. Por su parte, el letrado del acusado pedía su libre absolución.
Un hermano del acusado y de la víctima --afectada de tetraparesia por parálisis cerebral infantil de origen infeccioso, que le produce una minusvalía física y psíquica, le impide desplazarse y le provoca grandes limitaciones para expresarse oralmente-- formuló una denuncia en mayo de 2001 ante la Policía por presuntos abusos.
En el juicio, el denunciante se acogió a su derecho a no declarar, mientras que su madre, también testigo de los supuestos hechos, no pudo hacerlo porque falleció en 2006. El acusado negó siempre los hechos y, de hecho, afirmó que ayudaba a su hermano en lo que podía porque su madre "estaba muy gorda y no podía atenderle".
La víctima, de 43 años, fue capaz de transmitir ante el tribunal la falta de asistencia y cuidado que padecía en el momento de producirse los hechos, y asintió cuando se le preguntó si su hermano abusó de él. Así, la Audiencia entiende que el hombre fue objeto de violencia física por parte de su hermano entre los años 2000 y 2001, pero afirma que no puede obtenerse una descripción suficiente respecto del tiempo en que ocurrieron los hechos, el número de ocasiones, el modo en que se producían o exactamente en qué consistían las agresiones.
Respecto al resto de testigos, el tribunal recoge que ninguno de los guardias civiles que intervinieron tras la denuncia apreció signos de violencia evidentes en la víctima; mientras que respecto a la médica que le exploró, apunta que el informe original se perdió cuando se extravió el sumario en 2001, y del mismo sólo ha podido recuperarse una copia de lectura dificultosa, de la que la perito interpretó que las lesiones eran compatibles con una penetración anal o con un estreñimiento crónico.
Por su parte, una psicóloga aseveró ante el tribunal que la enfermedad de la víctima no le impedía fabular, pero debido a la limitación de sus funciones mentales, era bastante difícil. Calificó el testimonio que le ofreció como "coherente" al ofrecer datos contextuales y al manifestar miedo y rechazo.
Sin embargo, el tribunal entiende que las periciales no permiten extraer información acerca de la naturaleza de las limitaciones psicológica e intelectuales que padece la víctima en relación a su patología, por lo que se plantean dudas, no en cuanto su credibilidad o capacidad de fabulación, sino a que lo que su limitada capacidad de expresión le permitía decir se correspondía con la existencia de agresiones sexuales.
Así, considera que la declaración de la víctima es "creíble" pero "claramente insuficiente" en cuanto a su contenido. "Las fechas no están determinadas, abarcan más de un año, los momentos temporales tampoco están mínimamente definidos, parece ser que por la noche y en la cama, pero no hay una descripción suficiente de la conducta del acusado", mantiene.
SUMARIO
El tribunal indica que el sumario se extravió en el año 2001, y tuvo que ser reconstruido en 2008. Así, si se practicaron diligencias inmediatamente posteriores a los hechos para recoger eficazmente cualquier tipo de vestigio que aportara información sobre cómo se produjeron o en qué consistieron, "no existe en los autos rastro de todo ello".
Al respecto, puntualiza que es "importante" la ausencia de una exploración física de la víctima realizada en condiciones y con las suficientes garantías que permitiera establecer, si los hubo, signos de agresión física o sexual sobre ella; y aún cuando existían elementos sobre el que realizar pruebas, como la lesión verrugosa en la zona anal, "nada consta sobre la posible etiología de la misma".
Esto ha privado a la versión de la víctima la ratificación fundada en datos objetivos o vestigios del hecho, como son la existencia de lesiones de carácter inequívocamente sexual, cicatrices o huellas que confirmasen las agresiones físicas que pudo padecer.
El tribunal tampoco encuentra información médica suficiente respecto a la patología de la que está afectada la víctima y a su influencia sobre las experiencias vitales a las que se refirieron la perito psicóloga o los médicos forenses.
Por todo, estima que con la prueba practicada en el acto del juicio, "por más que lleve a la sospeche de que los hechos pudieron ocurrir" y al "convencimiento" de que la víctima fue sometido a algún tipo de conducta ofensiva o vejatoria por parte del acusado, ha resultado "claramente insuficiente" para establecer un relato de hechos probados descriptivo de la conducta por la que el fiscal sostiene su acusación. En consecuencia, afirma que no puede dictarse una sentencia condenatoria.