Cuáles son los países de riesgo que necesitan una PCR negativa 72 horas antes de entrar en España
Alemania, Francia, Portugal o Italia, necesitarán una PCR negativa
El incumplimiento de esta norma conlleva sanciones económicas
Esta medida no se aplica a aquellos cuyo destino final no sea España
El Ministerio de Sanidad ha actualizado el listado de países cuyos pasajeros necesitan PCR negativa de coronavirus para entrar a España por avión o barco y que entrará en vigor a partir de las 00.00 horas del próximo 30 de noviembre; hasta entonces sigue vigente la relación de Estados publicada hace días en el BOE.
España exige desde este lunes PCR negativa realizada 72 horas antes del viaje a las personas procedentes de 65 países de riego, independientemente de su nacionalidad o lugar de residencia, que quieran entrar al país por puertos o aeropuertos. La modificación de este listado se hace cada 15 días en función de la situación epidemiológica.
MÁS
El listado actualizado sigue comprendiendo 65 países pero hay algunos que han salido y otros que han entrado al ser considerados de riesgo. Los criterios para designar estos países se basan en la Recomendación UE 2020/1475.
Lista de países que necesitan PCR negativa
Así, según el listado de Sanidad, los países que se mantienen de riesgo son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Chipre, Croacia, Dinamarca (excepto las Islas Faroe y Groenlandia), Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Francia, Grecia (excepto la región de Notio Aigao).
También Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega (excepto las regiones de Agder, Innlandet, More og Romsdal, Nordland, Rogaland, Troms og Finnmark, Trondelag y Vestfold og Telemark), Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Suecia y Liechtenstein.
Los terceros países de riesgo son los que tienen una incidencia acumulada en los últimos catorce días superior a los 150 casos por cada 100.0000 habitantes y también hay variaciones respecto a la lista anterior, ya que, entre otros, entra Canadá y suman 39.
En la lista actualizada están: Albania, Andorra, Argentina Armenia, Azerbaiyán, Belice, Bielorrusia, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Colombia, Costa Rica, Curazao, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos, Federación Rusa, Georgia y Gibraltar (Reino Unido).
También: Guam, Irán, Jordania, Kosovo, Kuwait, Líbano, Macedonia del norte, Marruecos, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Palestina, Panamá, Polinesia Francesa, Puerto Rico, Reino Unido, San Marino, San Martín (Países Bajos), Serbia y Ucrania.
La actualización de las revisiones del listado de países o zonas se hará efectiva a los siete días de su publicación "con el objetivo de permitir a las compañías de transporte, agencias de viajes y operadores turístico que ajusten las medidas informativas para los pasajeros", señala Sanidad en la web.
¿Qué tengo que presentar al llegar a España?
A partir del 23 de noviembre quien viaje a España desde algún país o zona de riesgo, en avión o barco, deberá presentar una prueba diagnóstica de infección activa para SARS-CoV-2 con resultado negativo, es decir, una PCR, junto este formulario, tal y como exige Sanidad.
No se admiten otras pruebas como test rápidos de anticuerpos, pruebas rápidas de detección de antígeno o serologías de alto rendimiento, "mientras no sea aceptado su uso armonizado en la Unión Europea".
¿Los menores de edad tienen que hacerse la prueba?
Sí, todos los pasajeros que procedan de un país de alto riesgo en relación con la COVID-19 tienen la obligación de presentarlo. No hay excepciones por edad.
¿A partir de cuándo contabilizan las 72 horas?
Las setenta y dos horas están recogidas como tiempo máximo. Eso quiere decir que se puede presentar una prueba realizada con menos de tres días de antelación a la llegada a España pero no de más tiempo.
Desde Sanidad comentan que si el viaje es inferior a 72 horas también se debe presentar la prueba PCR negativa "aunque esta se haya hecho en España antes de salir porque se vaya a estar muy poco tiempo fuera".
Respecto a la cuestión de si el tiempo máximo contabiliza desde que se hizo la prueba o desde que se conoce el resultado, Sanidad concreta, que tal y como indica la resolución, se refiere a "prueba realizada".
¿Qué pasa si no se acredita la realización de la prueba?
Si a la llegada a España de uno de los países o zonas calificadas como 'de riesgo' el pasajero no acredita adecuadamente la realización de una PCR con resultado negativo realizada en las setenta y dos horas previas, deberá someterse a la realización de un test de antígenos y tendrá que abonar una multa.
También deberán someterse a la realización de la PCR aquellos pasajeros que, tras la realización de los controles sanitarios se determine que existe sospecha de que puedan padecer coronavirus.
El incumplimiento de esta norma conlleva sanciones económicas en materia de salud pública establecidas en el artículo 58 de la ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
¿Puedo viajar si el resultado de la prueba es positivo?
No, según explica el Ministerio de Sanidad a Newtral. Si al realizarse la prueba PCR, antes de llegar a España, da resultado positivo en coronavirus, "el pasajero no debe viajar, que podría ser una infracción muy grave y debe ponerse a disposición de las autoridades sanitarias del país de origen".
¿Cómo se gestionan las escalas en España?
Esta medida no se aplica a los pasajeros extranjeros cuyo destino final no sea España aunque tengan que hacer tránsito en un puerto o aeropuerto español antes de llegar a su destino final en otro país.
Igualmente, si se procede de un país de origen que no está definido como 'de riesgo' pero se hace escala en otro que sí, también queda excluido de hacerse la PCR, ya que la exigencia es solo para lo que su país de origen está en el anexo. "No se contemplan los tránsitos", concluye Sanidad.