Casi 900 condenados por delitos sexuales han sido detectados antes de poder estar en contacto con menores

telecinco.es
03/10/201813:51 h.La presión social contra los culpables por delitos contra la libertad sexual empieza a dar sus frutos. Desde su entrada en vigor en marzo de 2016, 4.473 personas han sido incluidas en el Registro Central de Delincuentes Sexuales que en la actualidad tiene registradas a 45.155 personas frente a las 40.782 con las que arrancó hace ahora algo más de dos años y medio. La obligatoriedad de este registro para trabajar con menores ha llevado a que más de cinco millones de personas hayan solicitado un certificado para poder trabajar con menores de los que 890 ha dado positivo, según datos recogidos por El País.
Este incremento se explica en parte por las nuevas condenas que cada año hay en firme por este tipo de delitos y que en 2017 ascendieron a 2.549 entre adultos y menores.
Aunque desde 2104 ya estaba contemplada en el anteproyecto de Leyes orgánica y ordinaria de Protección de la Infancia la prohibición de que los pedófilos y pederastas no pudieran ser profesores o monitores de ocio y tiempo libre de niños y adolescentes, ha sido la entrada en vigor de este Registro el que ha hecho posible el que 890 condenados por este tipo de delitos haya podido ser contratados para trabajar con menores.

La fórmula jurídica ha permitido hacer compatible el derecho a la intimidad y a la protección de datos personales, de forma que impone a quienes quieran optar a un puesto de este tipo la necesidad de presentar un certificado de antecedentes penales en su solicitud en vez de habilitar al centro escolar, por ejemplo, a recabar información personal sobre los candidatos a un puesto de trabajo.
Una demanda social

Y es que desde el 1 de marzo de 2016, profesores, monitores de autocares escolares, de comedor, de actividades extraescolares y el personal que cuida de menores en centros docentes fuera del horario lectivo está obligado solicitar un certificado al Registro Central de Delincuentes Sexuales para poder acreditar ante su empleador que no ha cometido este tipo de delitos.
En el caso de los ciudadanos extranjeros, también deberán deberán aportar un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen.
Esta obligación parte del Convenio de Lanzarote de 2010 del Consejo de Europa, que obliga a los estados miembros a que todas las personas que trabajen con menores deban presentar esta certificación. Esta práctica está en marcha en otros países de la UE desde hace tiempo como Reino Unido o los países nórdicos.
El objetivo es prevenir por un lado que estos menores corran el riesgo de entrar en contacto con pederastas, al mismo tiempo que se evita que estos tengan al alcance el volver a reincidir puesto que está comprobado que hay un alto porcentaje que así lo hace.