La CE cierra su expediente contra España por la ley de contratos públicos

AGENCIA EFE 06/04/2011 12:52

En 2009, la CE llevó a España ante el Tribunal de Justicia de la UE al considerar que varias disposiciones contenidas en la anterior Ley española de contratos públicos (Ley 30/2007, conocida como LCSP) infringían la normativa comunitaria.

La Comisión ha decidido detener el caso después de que dicha normativa fuera "sustancialmente modificada" por una nueva forma aprobada este año (la Ley de Economía Sostenible o LES), según informó el Ejecutivo comunitario en un comunicado.

En particular, la nueva normativa "limita la facultad de las entidades adjudicadoras para modificar los contratos públicos después de su adjudicación", lo que "disipa la inquietud" por la que la CE había iniciado el procedimiento de infracción.

No obstante, la Comisión someterá la nueva ley "a un minucioso examen y a un estrecho seguimiento" para verificar su compatibilidad con las Directivas de contratación pública de la UE y con la jurisprudencia en materia de modificación de contratos públicos y obras complementarias.

El Ejecutivo comunitario decidió abrir el expediente tras constatar la existencia "de un problema generalizado en España" en lo referente a la modificación de los contratos una vez adjudicados, y en concreto, en el caso de proyectos cofinanciados por los Fondos Estructurales y de Cohesión.

Según la Comisión, la modificación indebida de los contratos tras su adjudicación, sobre todo cuando se llevaban a cabo obras complementarias, era "uno de los motivos más frecuentes de las correcciones financieras" en España.

La CE consideró que la antigua LCSP confería a las entidades adjudicadoras "poderes muy amplios, casi ilimitados" a la hora de modificar cláusulas esenciales de los contratos tras su adjudicación, sin respetar los principios de igualdad de trato entre licitadores y transparencia fijados por las normas sobre contratación pública de la UE.

La Comisión estimó, asimismo, que la LCSP abría la posibilidad de que la entidad adjudicadora recurriera a procedimientos negociados sin publicación, lo que también infringía la ley europea.