El TUE desestima el recurso de Sfera Joven contra el registro de la marca Noosfera

EUROPA PRESS 26/05/2016 11:14

Sfera Joven rechazó en 2013 el registro de la marca comunitaria con signo denominativo Noosfera por parte de la empresa Las Banderas del Mediterráneo para productos y servicios como prendas de vestir, calzado, bebidas como cerveza, agua, gaseosas y zumos de frutas, así como servicios de formación, de entretenimiento; actividades deportivas y culturales que autorizó en octubre de 2012 la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), hoy la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EQUIPO), alegando la existencia de sus dos marcas denominativas Sferas para vestidos, calzados, cervezas, aguas minerales, gaseosas y también bebidas no alcohólicas como zumos de fruta, así como servicios de formación y actividades culturales y deportivas.

La OAMI ya desestimó a finales de 2013 el recurso de Sfera Joven contra el registro de su marca al considerar que no existía riego de confusión entre las marcas de ambas empresas a la luz del escaso grado de similitud visual y fonética de sus marcas y sus diferencias desde el punto de vista conceptual, algo que además ayudaría al público a diferenciarlas claramente.

En su sentencia de este jueves, contra la que cabe presentar un recurso en casación en un plazo de dos meses, el Tribunal General de la UE ha dictaminado que la OAMI concluyó "legítimamente" que no existe riesgo de confusión entre las marcas de ambas empresas porque aunque vendan productos y servicios idénticos tienen una similitud visual y fonética "escasa" y además el término 'sfera' no guarda relación directa con los productos y servicios que venden.