Cambios en la Ley de Arrendamientos Urbanos

Marisa Arellano / Informativos Telecinco 15/06/2013 17:48

Es la cuarta reforma que sufre la Ley de Arrendamientos Urbanos. Ha entrado en vigor este mes de junio y entraña cambios dirigidos, en opinión del Gobierno, a abrir el mercado del alquiler. Su intención es que haya más viviendas para alquilar en España, donde sólo se arriendan 17 de cada cien, ya que en nuestro país ha primado la compra sobre el alquiler. Se trata de animar al propietario a que ponga su vivienda en alquiler y, para ello, con esta Ley se le favorece. Podrá, si quiere, recuperar su vivienda antes, recortando la duración de los contratos y sus prórrogas. Se crea un registro de impagos, que el arrendador puede consultar para comprobar si su posible inquilino ha sido condenado por no pagar las rentas del alquiler. No hay un consenso sobre esta reforma, aunque sí en algunos asuntos. Por ejemplo, la mayoría de los expertos rechaza la necesidad de inscribir el contrato de alquiler para que el arrendatario tenga garantizado el derecho de habitabilidad de la vivenda. Sobre todo, porque se ha abierto la puerta a que cuando se ejecuta una hipoteca, porque el propietario no ha pagado, el nuevo dueño (o sea el banco) pueda echar al inquilino. Antes de la reforma el banco estaba obligado a respetar el contrato de alquiler. También se critica que se obligue al arrendatario a presentar un certificado de eficiencia energética, que sólo sirve a título informativo, puesto que no es vinculante. Y no es necesario obliga hacer las obras necesarias para lograr esa eficiencia energética. En general los expertos pide que se dote a los juzgados de los medios adecuados para que se agilicen los procesos judiciales y que se refunda toda la legislación en un mismo texto, porque a día de hoy hay contratos que se rigen por cuatro leyes diferentes. Y así seguirá siendo, porque esta reforma sólo afecta a los que se firmen a partir del uno de junio.