La CNMV europea dice que la prohibición de los cortos busca poner coto a la difusión de falsos rumores

EUROPA PRESS 12/08/2011 09:26

La Autoridad Europea de Mercados Financieros (ESMA por su sigla en inglés) ha explicado que la decisión de los supervisores de los mercados bursátiles de España, Francia, Italia y Bélgica de prohibir durante los próximos 15 días las posiciones cortas pretende poner freno a la obtención de beneficios por diseminar falsos rumores en los mercados.

Los supervisores de Francia, España, Bélgica e Italia han prohibido las posiciones cortas "ya sea para restringir los beneficios que se pueden lograr mediante la diseminación de falsos rumores o para alcanzar un marco regulatorio igualitario, dada la interconexión de algunos mercados de la UE", puntualizó ESMA.

En este sentido, la CNMV europea indicó que en las últimas semanas los mercados financieros europeos han experimentado una alta volatilidad, lo que ha incrementado la preocupación de los supervisores de la UE con los que la propia ESMA reconoció haber estado intercambiando información en las últimas semanas.

"A pesar de que las posiciones cortas pueden ser una estrategia de 'trading' válida, cuando se emplean en combinación con la difusión de falsos rumores de mercado representan un claro abuso", afirmó el supervisor europeo.

PROHIBICIÓN DE LOS CORTOS EN ESPAÑA.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha acordado prohibir "de forma cautelar con efectos inmediatos" las posiciones cortas sobre las acciones del sector financiero por un periodo de 15 días, que podría "prorrogarse si se considerase necesario", informó el regulador bursátil.

El organismo presidido por Julio Segura señaló que adopta esta medida, y en consonancia con las similares que otros supervisores europeos están impulsando de manera coordinada en el ámbito de la ESMA, debido a la situación de "extrema volatilidad" que atraviesan los mercados de valores europeos, en especial las cotizaciones de acciones de entidades financieras, y que "está incidiendo de forma clara en la estabilidad de los mercados y puede perturbar su ordenado funcionamiento".

Así, considera que en estas condiciones resulta preciso revisar la operativa de los mercados de valores "con el fin de asegurar el mantenimiento de la estabilidad financiera".

Además, la prohibición cautelar afecta a cualquier operación sobre acciones o índices, incluyendo operaciones de contado, derivados en mercados organizados o derivados OTC, que suponga crear una posición corta neta o aumentar una preexistente, aunque sea de forma intradiaria. Se entiende por posición corta aquella que resulte en una exposición económica positiva ante una caída del precio de la acción.

La CNMV excluye de la prohibición cautelar las operaciones que sean realizadas por entidades que desarrollen funciones de creación de mercado, entendiéndose por tales las entidades financieras o empresas de servicios de inversión que, como respuesta a órdenes de clientes o como resultado de cotizar precios de oferta y demanda de forma continua en su condición de miembros de mercados secundarios oficiales, incurran transitoriamente, especialmente intradía, en posiciones cortas.

Así, la medida afecta a las acciones o cuotas participativas de Banca Cívica, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco de Sabadell, Banco de Valencia, Banesto, Banco Pastor, Banco Popular, Banco Santander, Bankia, Bankinter, Caixabank, Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), Grupo Catalana de Occidente, Mapfre, Bolsas y Mercados Españoles (BME) y Renta 4 Servicios de Inversión.