La Generalitat catalana estudia recurrir al Supremo la sentencia sobre la ATLL

EUROPA PRESS 23/06/2015 14:52

La nueva vicepresidenta y portavoz del Govern, Neus Munté, ha anunciado este martes que el Govern estudia recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que anula el proceso de adjudicación de la empresa Aigües Ter-Llobregat impulsado por la Generalitat.

En la rueda de prensa tras el Consell Executiu, ha explicado que recurrir es una "posibilidad bastante obvia", y ha precisado que las dos consellerias más implicadas en el tema --la de Economía y la de Territorio-- están estudiando a fondo el fallo.

Munté ha recordado que este proceso de adjudicación --que ganó un consorcio liderado por Acciona y que la justicia ha anulado este lunes-- es un "fuego cruzado entre varias partes", y ha enfatizado que, pese al fallo del TSJC, es un proceso que no ha acabado.

La consellera ha avisado de que hay muchas posibilidades de recurso "y no sólo por parte de la Generalitat", y ha pedido tiempo para tomar una decisión definitiva, alegando que el Govern ha conocido la decisión del TSJC mientras estaba reunido y poco tiempo antes de salir en rueda de prensa.

Preguntada por si algún miembro del Govern debería asumir responsabilidades políticas tras el fallo, ha insistido en que le proceso judicial no termina con esta sentencia, y ha reivindicado que la Generalitat "en todo momento ha garantizado el servicio pese a las profundas discrepancias y la judicialización del tema".

LA SENTENCIA

El TSJC ha decidido anular todo el procedimiento llevado a cabo por la Generalitat en 2012 de adjudicación de la ATLL por considerar que se vulneraron "los principios de publicidad, concurrencia e igualdad" antes de que los grupos que pujaban por la concesión --uno liderado por Acciona y otro por Agbar-- presentasen sus ofertas.

El tribunal también ha fallado en el mismo sentido sobre los recursos interpuestos por Acciona Agua y ATLL Concesionaria --conjuntamente--, y por Aigües de Catalunya (BTG Pactual); contra las tres sentencias cabe recurso ante el Tribunal Supremo.