Los bancos tendrán que informar de la apertura o cancelación de cuentas a partir del 6 de mayo

EUROPA PRESS 04/11/2015 12:08

Así figura en una orden publicada por el Ministerio de Economía y Competitividad en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que recuerda que las entidades deberán declarar al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias las aperturas y cancelaciones de estas cuentas.

Todos estos datos serán incluidos en el Fichero de Titularidades Financieras, un fichero de titularidad pública que dependerá de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.

El ministerio tiene seis meses para informar a las entidades de que el día 6 de mayo empezará a funcionar el fichero y el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias les comunicará la fecha en la que deberán hacer la captura inicial y declarar las cuentas.