Los paraísos fiscales: los destinos más llamativos de las grandes fortunas

  • Los paraísos fiscales siguen existiendo y se convierten en refugio para el dinero de ciertas élites económicas. ¿Cuáles son y cómo se definen?

  • Los paraísos fiscales suelen ofrecer secreto bancario, un aliciente para el mercado negro y el crimen organizado

  • El FMI calcula que un cuarto de la riqueza mundial está en ellos

Todos hemos oído hablar de los paraísos fiscales, aunque no dejan de parecer, para el común de los mortales, un instrumento de ciencia ficción. Se trata de lugares que funcionan como refugio para evitar el pago de impuestos: quienes llevan su dinero a paraísos fiscales lo están depositando en lugares donde no existen impuestos, o bien estos son mucho más reducidos que en el país en el que les correspondería tributar. ¿Es legal esta práctica? ¿Cuál es el listado de paraísos fiscales en 2020?

¿Qué es un paraíso fiscal?

Los paraísos fiscales se caracterizan por aplicar regímenes tributarios especialmente favorables para ciudadanos o empresas no residentes que se domicilien a efectos legales en dicha zona. Normalmente suele haber una exención total o reducción muy significativa en el pago de los principales impuestos, lo que hace que las muchas grandes fortunas no se lo piensen a la hora de mover su capital a estos países y evitar así el pago de grandes tributos. Hay que recordar que, en el caso de países como España, algunos impuestos (como el IRPF) funcionan de forma progresiva: las rentas más altas pagan más proporcionalmente que las más bajas. Algunas personas pueden llegar a soportar tipos de hasta el 45 %.

Además, los paraísos fiscales suelen ofrecer secreto bancario: esto significa que en estos países la información relativa a sus obligados tributarios es secreta, de forma que los datos de accionistas y directores de empresas no figuran en registros públicos, sino que se encuentran bajo la custodia de su representante legal, el llamado agente residente (registered agent).

Algunos gobiernos consideran el secreto bancario como uno de los instrumentos principales del mercado negro y del crimen organizado. Sin embargo, otros lo equiparan al secreto médico, e instan al Estado a respetar absolutamente esa esfera privada. Cada país establece sus propias reglas y determina hasta dónde llega el secreto bancario, aunque existen organizaciones, como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), que presionan para acabar con la opacidad del secreto bancario.

En esta línea, en 2014 varios países acordaron un intercambio automático de información financiera y fiscal, impulsados por la OCDE. El protocolo obliga desde 2018 a intercambiar los datos bancarios con el centenar de países que lo han suscrito. A raíz de ello, varios países fueron derogando el secreto bancario, como es el caso de Suiza en 2017 o Andorra en 2016, tradicionalmente considerados paraísos fiscales.

Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), existen cuatro factores clave son utilizados para determinar si una legislación configura un paraíso fiscal:

  • Si la legislación no impone tributos o estos son solo nominales. La OCDE reconoce que cada legislación tiene derecho a determinar si imponer impuestos directos. Si no hay impuestos directos pero sí indirectos, se utilizan los otros tres factores para determinar si una legislación configura un paraíso fiscal.
  • Si hay falta de transparencia.
  • Si las leyes o las prácticas administrativas no permiten el intercambio de información para propósitos fiscales con otros países en relación a contribuyentes que se benefician de los bajos impuestos.
  • Si se permite a los no residentes beneficiarse de rebajas impositivas, aun cuando no desarrollen efectivamente una actividad en el país.

Una característica de un paraíso fiscal es que en él suelen convivir dos regímenes fiscales diferenciados y legalmente separados. Por un lado, el que afecta a los residentes y empresas locales, que están sujetos al pago de impuestos como en cualquier otro país y, por otro, el régimen aplicable a los no residentes, que es el que ofrece tantas ventajas fiscales y que suele prohibir cualquier actividad económica o de inversión dentro de su territorio. Una imagen típica de paraíso fiscal es la de barrios fantasma plagados de edificios de oficinas en las que se encuentran domiciliadas decenas de empresas, sin que exista actividad alguna en ellas.

Estas características han provocado que estos países, a menudo muy pequeños en extensión y población, hayan conseguido acumular hasta un cuarto de la riqueza privada de todo el mundo, según el FMI. Sus características les permiten dar cobijo a evasores de impuestos, terroristas y narcotraficantes que esconden sus identidades tras sociedades offshore, cuentas numeradas, directores fiduciarios, fundaciones, trusts o acciones al portador.

Esta práctica puede considerarse ilegal en determinadas ocasiones, pero no siempre. En algunos casos se trata de elusión fiscal (evitar o minimizar el pago de impuestos por vías legales, también llamada planificación fiscal agresiva) y en otros de evasión fiscal (en este caso se traspasaría el limite de la legalidad, pudiendo hablarse de fraude fiscal al ocultar bienes o ingresos a las autoridades tributarias, o al sobrevalorar los conceptos deducibles, con el fin de pagar menos impuestos de los que legalmente corresponden).

¿Cuál es el listado de paraísos fiscales en 2020?

Existen distintos listados de paraísos fiscales. Desde 2017, la UE tiene el suyo propio, al que denomina 'Lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales’. A 27 de febrero de 2020, son los siguientes:

1. Samoa Americana

Samoa Americana no realiza ningún intercambio automático de información financiera, no ha firmado y ratificado, siquiera por medio del territorio del que depende, el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE en su versión modificada, no se ha comprometido a aplicar las normas mínimas acordadas contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios ni se ha comprometido a resolver estas cuestiones.

2. Islas Caimán

Las Islas Caimán no han adoptado las medidas adecuadas sobre el fundamento económico en el ámbito de los organismos de inversión colectiva.

3. Fiyi

Fiyi no es miembro del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales («Foro Global»), no ha firmado y ratificado el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE en su versión modificada, tiene regímenes fiscales preferentes perniciosos, no se ha adherido al Marco inclusivo sobre erosión de la base imponible y traslado de beneficios ni aplica la norma mínima correspondiente de la OCDE, ni ha resuelto aún estas cuestiones.

4. Guam

Guam no realiza ningún intercambio automático de información financiera, no ha firmado y ratificado, siquiera por medio del territorio del que depende, el Convenio multilateral de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE en su versión modificada, no se ha comprometido a aplicar las normas mínimas contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios ni se ha comprometido a resolver estas cuestiones.

5. Omán

Omán no realiza ningún intercambio automático de información financiera, no ha firmado y ratificado el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE en su versión modificada y todavía no ha resuelto estas cuestiones.

6. Palaos

Palaos no realiza ningún intercambio automático de información financiera, no ha firmado y ratificado el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE en su versión modificada y todavía no ha resuelto estas cuestiones.

7. Panamá

Panamá no ha obtenido la calificación de «conforme en gran medida» del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales respecto del intercambio de información previa petición, y todavía no ha resuelto esta cuestión.

8. Samoa

Samoa tiene un régimen fiscal preferente pernicioso y no se ha comprometido a resolver esta cuestión.

9. Seychelles

Seychelles tiene regímenes fiscales preferentes perniciosos y no ha resuelto aún estas cuestiones.

10. Trinidad y Tobago

Trinidad y Tobago no realiza ningún intercambio automático de información financiera, tiene una calificación de «no conforme» del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales respecto del intercambio de información previa petición, no ha firmado y ratificado el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE en su versión modificada, tiene regímenes fiscales preferentes perniciosos y todavía no ha resuelto estas cuestiones.

11. Islas Vírgenes de los Estados Unidos

Las Islas Vírgenes de los Estados Unidos no realizan ningún intercambio automático de información financiera, no han firmado y ratificado, siquiera por medio del territorio del que dependen, el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE en su versión modificada, tienen regímenes fiscales preferentes perniciosos, no se han comprometido a aplicar las normas mínimas contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios y no se han comprometido a resolver estas cuestiones.

12. Vanuatu

Vanuatu no ha obtenido la calificación de «conforme en gran medida» del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales respecto del intercambio de información previa petición, facilita estructuras y mecanismos extraterritoriales orientados a atraer beneficios sin fundamento económico real y todavía no ha resuelto estas cuestiones.