Las quitas de la Segunda Oportunidad podrán revocarse si a posteriori se descubren incumplimientos

EUROPA PRESS 23/06/2015 15:25

La exoneración definitiva de deuda en los procesos de Segunda Oportunidad ya no será tan definitiva si, una vez finiquitado el plan de pagos, los acreedores descubren que el deudor engañó sobre sus condiciones económicas durante los cinco años posteriores al acuerdo concursal.

Así se recoge en el proyecto de ley de Segunda Oportunidad que la Comisión de Economía del Congreso ha aprobado este martes con los votos del PP y UPyD tras incorporar la treintena de enmiendas 'populares' junto con seis transaccionales a quince enmiendas de la oposición que coincidían literalmente con propuestas del partido mayoritario.

Según la propuesta del Ejecutivo, que ya está en vigor al haber sido aprobada mediante decreto ley, las personas físicas insolventes de buena fue podrán renegociar su deuda con sus acreedores y, en caso de no poder afrontarla, podrán solicitar la liquidación de sus bienes mediante un plan de pagos a cinco años que, si el juez lo acepta, recogerá la exoneración de las cantidades pendientes al final del periodo.

No obstante, durante esos cinco ejercicios, los acreedores pueden solicitar al juez la revocación del beneficio de la exoneración si descubren que el deudor no cumple las condiciones para poder acogerse a esta posibilidad, incumple el plan de pago, ve mejorada "sustancialmente" su situación económica gracias a un herencia o a un premio, o cuenta con ingresos, bienes o derechos ocultados.

EVITAR FRAUDES DE LEY.

Sin embargo, con el cambio que se ha aprobado este martes, la posibilidad de reclamar al juez la revocación de la quita ya no estará limitada a los cinco años que dura el plan de pagos, sino que se podrá ejercer de forma ilimitada en el tiempo siempre que el engaño se produjera durante dicho plazo.

Es decir, que si un deudor oculta, por ejemplo, una herencia o un premio o los acreedores descubren cualquier otro engaño con posterioridad al plan de pagos, podrán seguir apelando al juez por haberse producido un fraude de ley.

En cuanto a las condiciones para optar a la quita, la primera y más importante es que el deudor lo sea de buena fe y que el concurso no haya sido declarado culpable. No obstante, finalmente se admite que el juez pueda aplicar exoneraciones de deuda pendiente incluso si el concurso se declara culpable pero por haberse solicitado tarde y siempre y cuando no haya dolo o culpa grave del deudor.

MÁS FÁCIL PARA LOS MÁS DESFAVORECIDOS.

En la misma enmienda, se rebajan las exigencias para optar a la exoneración de pagos en el caso de deudores que no cumplen el plan de pagos pero que dedican al menos la mitad de sus ingresos inembargables a su cumplimiento durante los cinco años previstos.

Así, en los casos de hogares sin rentas derivadas del trabajo o de actividades económicas o cuya cuota hipotecaria supere el 60% de los ingresos familiares, el juez podrá decretar la quita de la deuda pendiente tras el periodo del plan de pago, incluso aunque éste se haya cumplido, si durante esos cinco años se ha destinado al pago de deudas al menos la cuarta parte de sus ingresos no embargables.

Por otra parte, se reconoce al deudor la posibilidad de solicitar que se nombre un mediador concursal para las negociaciones con sus acreedores, opción que hasta ahora sólo se le reconocía al notario; y se amplía dos años más, hasta mayo de 2017, el plazo para rescatar el dinero depositado en un plan de pensiones si se utiliza para evitar el desalojo de la vivienda habitual, manteniéndose las condiciones actualmente en vigor.

ACCESO RESTRINGIDO AL REGISTRO.

Por otra parte, se matiza aún más quién puede tener acceso a los datos del registro público de beneficiarios de la Segunda Oportunidad. Inicialmente, los 'populares' propusieron limitarlo únicamente a "las entidades de crédito y demás personas que tengan interés conocido en averiguar la situación del deudor, así como las administraciones públicas y órganos jurisdiccionales habilitados legalmente para recabar la información necesaria para el ejercicio de sus funciones".

Una primera matización --en el proyecto de ley original no se fijaba ningún límite de acceso-- que ahora se lleva aún más lejos al hacer desaparecer la referencia a las entidades de crédito y señalar que habrá que demostrar un interés "legítimo", en lugar de interés conocido, en averiguar la situación del deudor.

En todo caso, se entenderá que están legitimados para ello "quienes realicen una oferta en firme al deudor, ya sea de crédito o de cualquier otra entrega de bienes o prestación de servicios que tenga que ser remunerada o devuelta por éste y que esté condicionada a su solvencia". Para el resto, será el gestor del Registro Público Concursal quien determine si existe ese interés legítimo.

OTRAS MODIFICACIONES.

Por otra parte, se modifica sustancialmente el límite de las retribuciones de los administradores concursales, se permite que quienes invierten ciertas cantidades en deuda pública, fondos de inversiones, sociedades de capital o inmuebles puedan optar no sólo al visado de residencia, sino también al permiso de trabajo; y se extiende el beneficio de estas autorizaciones no sólo a los hijos de los inversores sino también a los padres.

En cuanto a las nuevas bonificaciones para autónomos que se recogen en el proyecto de ley, y que fueron anunciadas por el presidente Mariano Rajoy durante el Debate sobre el estado de la Nación, se precisa que se aplicarán no sólo a quienes contraten a un sustituto para cuidar a un menor de siete años o a un dependiente, sino también para cuidar de un familiar con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado igual o superior al 33% o una discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%.

Además, se rebaja de dos a un mes en el plazo que los autónomos tienen que esperar para poder empezar a disfrutar de su prestación económica por cese de actividad.