El peligro de las tarjetas revolving: qué son y cómo evitar una deuda perpetua

  • ¿Tienes una tarjeta de crédito y no sabes lo que pagas?

  • La actual situación de las tarjetas revolving ha dado casos, incluso, de las llamadas ‘deudas perpetuas’

  • El Ministerio que dirige Nadia Calviña va a modificar su regulación

¿Tienes una tarjeta de crédito y no sabes lo que pagas? ¿Firmaste un crédito con alguna entidad y parece que nunca acaba? ¿Pagas a plazos desde hace tiempo y sientes cómo nunca se terminan las cuotas? “Por mucho que pago parece que el crédito nunca termina” es la frase más repetida por las personas afectadas por este tipo de financiación que acaban pagando según el Tribunal Supremo intereses “notablemente superiores” y “manifiestamente desproporcionados con la circunstancia del caso” y, habitualmente, sin saber cómo han llegado hasta esa situación.

La comercialización en la mayoría de casos poco o nada transparente de este tipo de préstamos, con unos intereses que duplican o triplican el precio normal del dinero, con una TAE por encima del 20% están empezando a llevar a la mayoría de las entidades financieras ante la justicia en los últimos meses.

Así lo demuestra la acumulación de sentencias favorables que la plataforma de abogados Reclama Por Mí está consiguiendo contra entidades financieras que conceden micropréstamos, miniprestamos, préstamos rápidos, líneas de crédito o tarjetas revolving.

“Cada día recibimos una notificación del juzgado con sentencia firme a favor de los afectados”, explica Fernando Renedo, Director Jurídico de la plataforma que explica que “la mayoría de las personas desconoce que está pagando estos intereses desorbitados y se da cuenta tiempo después. La razón es porque al aplazar los pagos en “cómodas cuotas” están pagando dos o tres veces el préstamo principal y, para cuando toman cartas en el asunto, se dan cuenta de que no solo han pagado mucho más de lo prestado sino que aún les queda mucho dinero pendiente de devolver. Desde fuera, a veces se tiene la idea preconcebida de que estas situaciones solo les suceden a personas que están pasando por un bache económico o que quienes acuden a este tipo de financiación no leen bien las condiciones antes de firmar el contrato y tendemos a juzgarles de forma severa por su irresponsabilidad”, explica Javier López, director de Marketing y socio de la compañía.

Pues bien, para acabar con esta idea, desde www.reclamapormi.com han hecho un análisis de los 3 grandes perfiles que se dan entre los afectados.

El perfil del afectado por una tarjeta revolving o micropréstamo

Atendiendo a la edad, las personas que reclaman se encuentran entre la franja de edad de los 40-45 años, si bien, de media, ese crédito lo pidieron 6 años antes. Respecto al género, los hombres son más propensos a tener un contrato a su nombre siendo así en el 66% de los casos mientras que la mujer representa un 34%. No obstante, alrededor del 80% de las personas que acuden a ellos tienen una familia, por lo que podríamos decir que no afecta a la economía de una sola persona, sino a un grupo familiar.

Pero el aspecto más relevante lo encontramos en las causas que llevaron a tener contratado este tipo de financiación donde encontramos 3 motivos principales:

1. El 19% está pasando por un bache económico: lejos de ser una solución, las tarjetas revolving y los microcréditos facilitan el mal endeudamiento o sobreendeudamiento. Desaconsejan totalmente esta opción de financiación ya que la espiral de deudas se puede hacer inasumible. El control en la concesión de este tipo de productos a personas con dificultades económicas debería ser mucho más estricto, aseguran. Estos casos son los que tanto desde una perspectiva humana como desde una perspectiva jurídica más se denuncian.

2. El 13% de los afectados acude a estos productos de forma activa, en una posición económica favorable: Son personas que, con el fin de pagar algo concreto, buscan financiación sin saber las consecuencias que conlleva: un coche, una reforma en la casa, un electrodoméstico, unas vacaciones, ayudas a familiares… Utilizan esta financiación que asumen como “ventajosa” porque así suele comercializarse.

3. El 68% no tenía ninguna intención de contratarlo y, sin embargo, por alguna razón, se encuentra vinculado a esta financiación sin saber muy bien cómo: Los afectados explican situaciones muy diversas. Las más comunes: un chico joven se acercó en un centro comercial, el banco se la concedió indicando que era una tarjeta nueva con puntos, al financiar un préstamo de su casa, éste se vinculó a otro crédito… No la necesitaban, no habían oído hablar de ello y, sin embargo, ahora sufren las consecuencias. Y es que según explican desde la plataforma, la mayoría de los afectados, cuando firmó el contrato (si es que lo hizo porque hay numerosos casos en los que no existe ni siquiera dicha firma) no sabía bien lo que hacía porque la entidad fue muy poco transparente.

La OCU advierte de la doble cara de este tipo de tarjetas

La OCU desvela en su página web en qué consisten y qué son las tarjetas revolving, que pueden llegar a ser para los menos informados todo un dolor de cabeza. Hablamos de las tarjetas de crédito que presentan la peculiaridad de que solo tienen la opción de pago aplazado, es decir, todas las compras que se paguen usando una de ellas se aplazarán con sus correspondientes intereses, obligando al usuario a estar permanentemente endeudado sin necesidad.

Las tarjetas revolving suelen ofrecer distintas opciones de pago:

1. Pagar una cantidad fija mensual. El cliente fija el importe que quiere pagar cada mes (por ejemplo 300 euros), con independencia del gasto mensual de la tarjeta, De esta manera el importe a pagar siempre es el mismo y si el gasto es mayor, se acumulará en el crédito dispuesto: la deuda que se pagará con los intereses correspondientes. Hay que tener en cuenta que las entidades suelen establecer un importe mínimo a pagar (ronda normalmente los 18 euros).

2. Con este sistema, si la cuota establecida es pequeña, puede que no alcance siquiera para cubrir el pago de los intereses generados, de manera que tras el pago de la cuota, la deuda pendiente no solo disminuye, sino que aumenta.

3. Pagar un porcentaje de la deuda pendiente. En este caso el consumidor paga cada mes un porcentaje del crédito consumido, con una cuantía mínima por recibo: por ejemplo, si tenemos acumulado en nuestra tarjeta un gasto de 1000 euros y fijamos una cuota del 40%, nuestra cuota a final de mes será de 400 euros, quedando 600 euros pendientes de devolución. Este segundo sistema de pago tampoco es recomendable, pues induce a entrar en una espiral de deuda continua, en la que nunca se acaba de pagar: cuanto menor es el saldo pendiente, menor es también la cuota que hay que pagar, con lo que se alarga de manera innecesaria el plazo de devolución (y aumenta la cifra de intereses).

El Ministerio toma cartas en el asunto

El Ministerio que dirige Nadia Calviño ha decidido tomar cartas en el asunto y modificará la regulación de las tarjetas revolving. Por un lado, obligará a las entidades a realizar un estudio previo del cliente para evaluar su solvencia y capacidad de pago, evitando así los casos de sobreendeudamientos.

Por otro lado, reforzará la obligación de suministrar información al cliente antes y durante la vigencia del préstamo contratado mediante una tarjeta revolving. En primer lugar, la entidad tendrá que ofrecer dos alternativas de financiación para que el cliente pueda elegir y, además, deberá ofrecerle información específica sobre este producto antes de la firma del contrato.

Una vez adquirida la tarjeta y contraída una deuda, la entidad deberá informar periódicamente al cliente de la situación del préstamo y también cuando se amplíe su deuda pendiente o se modifique el crédito disponible.

La actual situación de las tarjetas revolving ha dado casos, incluso, de las llamadas ‘deudas perpetuas’, cuando el excesivo fraccionamiento de las cuotas provoca que el cliente solo pague intereses sin amortizar el capital pendiente –el Banco de España ha lanzado varias avisos sobre este riesgo–, lo que se traduce en una deuda eterna.