Elecciones Galicia 2024: ¿Qué ropa no puedes llevar para votar el 18F?

Para las elecciones al Parlamento de Galicia en 2024 se ha establecido un proceso electoral detallado que asegura la participación democrática de todos los ciudadanos gallegos, tanto residentes en la región como en el extranjero. Sin embargo, hay un aspecto que suele generar dudas y ciertas curiosidad entre los votantes, y es si existe alguna restricción o normativa específica sobre la indumentaria que se debe llevar cuando llega la hora de votar.

Normativa sobre la indumentaria para votar

Aunque la normativa electoral aborda en detalle los aspectos logísticos y legales del proceso de votación, como la composición del Parlamento, los partidos y candidatos, y los derechos y deberes de los electores, no se especifica ningún tipo de restricciones particulares sobre la vestimenta de los votantes. Esto implica en un principio que, por tanto los electores tienen la libertad total para vestir según prefieran, siempre y cuando mantengan el decoro y el respeto que merece el acto de votación, un pilar fundamental de la democracia.

En el caso de que seamos uno de los componentes de la mesa electoral la cosa cambia radicalmente, ya que a pesar de que no existe una normativa específica sobre la vestimenta tampoco en este sentido, la Ley Orgánica de la Junta Electoral (LOREG) en su artículo 93 especifica que “Ni en los locales de las Secciones, ni en las inmediaciones de los mismos se podrá realizar propaganda electoral de ningún género”. Interpretando esta norma, se puede concluir que no se podrá estar en las mesas electorales con prendas o accesorios - por ejemplo los lazos amarillos de apoyo a Cataluña no están permitidos -que se puedan considerar propaganda electoral o que le identifique con una ideología, y será tarea del presidente de la mesa, con potestad para tomar decisiones, asegurar que esto se cumpla.

Esto además incluye a los apoderados e interventores de los partidos, que no pueden llevar uniformes o vestimenta específicos de un partido, ya que se podría también considerar propaganda electoral, estando por ello prohibido dentro de los centros de voto. 

¿Se aplica el artículo 93 a los votantes?

Aunque hasta fechas recientes no se había aplicado este artículo a los votantes, en las recientes elecciones del 23J al Gobierno de España se prohibió explícitamente el uso de las camisetas con el lema “Que te vote Txapote”, por considerarse publicidad electoral. Esto nos hace pensar que la vestimenta de los votantes también puede estar supeditada a esta normativa, y quedaríamos a expensas del presidente de la mesa para poder ejercer nuestro voto si acudimos con una prenda de ropa que luzca algún emblema o lema político, por lo que no es recomendable hacerlo. 

En resumidas cuentas, estas elecciones al Parlamento de Galicia 2024 pueden ser consideradas todo un testimonio de la robustez del sistema democrático gallego y su compromiso con la inclusión y participación de todos los ciudadanos en el proceso electoral. Aunque no existan normativas específicas sobre la indumentaria para votar, este acto cívico es una ocasión importante que merece ser abordada con el debido respeto y seriedad, reflejando los valores democráticos de la sociedad gallega.

Con un amplio espectro de partidos y candidatos presentándose, estas elecciones prometen ser un reflejo de la diversidad política y social de Galicia, subrayando la importancia del voto como herramienta fundamental para la expresión de la voluntad popular y la dirección futura de la región.