Defensa concederá la Cruz al Mérito Militar con distintivo rojo a los dos militares fallecidos

INFORMATIVOS TELECINCO / AGENCIAS 09/11/2008 18:43

El 13 de julio de 2007, el Gobierno aprobó la modificación del Reglamento General de Recompensas Militares para incluir entre los actos merecedores de laconcesión de la Cruz al Mérito Militar con distintivo rojo "el fallecimiento en acto de servicio participando en misiones en el exterior como consecuencia de acciones violentas de elementos hostiles".

Hasta la entrada en vigor de esta normativa, los militares de las Fuerzas Armadas españolas fallecidos por atentado terrorista recibían a título póstumo la Cruz al Mérito Militar con distintivo amarillo, la misma condecoración que los fallecidos en accidentes u otras situaciones en las que no pudieran hacer uso de la fuerza para evitar la muerte o demostrar su valor.

Indemnización a las familias

Además de la condecoración, las familias de los dos militares de la Brigada de Infantería Ligera Aerotransportable (BRILAT) percibirán una indemnización de 140.000 euros, en aplicación del Real Decreto de indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad.

Este sistema de indemnizaciones se aplica a todos los miembros de las Fuerzas Armadas desplegados en misiones en el exterior, así como a los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, los periodistas y trabajadores de organizaciones no gubernamentales españoles en zona de operaciones. EPF