Guipúzcoa y Vizcaya constituyen sus juntas con la mirada puesta en Bildu

INFORMATIVOS TELECINCO / AGENCIAS 13/06/2011 06:06

El reglamento de las Juntas vizcaínas y guipuzcoanas establece que, una vez que un tercio de los apoderados de las cámaras (17 de 51) se hayan acreditado, correrán los plazos para crear la mesa de las Cámaras territoriales y llegar a la elección de los diputados generales.

Después de que se acreditara un tercio de los junteros electos el pasado lunes, se abrió un plazo de siete días para celebrar el pleno de constitución del órgano de dirección de las cámaras, por lo que este lunes se celebrarán en Vizcaya y en Guipúzcoa las sesiones plenarias con este objetivo.

En el caso de Álava, su reglamento marca una fórmula diferente, ya que el pleno se tiene que celebrar dentro de los diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la proclamación de los procuradores electos por parte de la Junta Electoral.

En estos plenos, se procederá a la formación de la Mesa de edad, compuesta por el juntero de más edad, que ejercerá de presidente, y por el de menos edad, que actuará como secretario.

Posteriormente, se abordará la votación secreta de los componentes de las nuevas Mesas de las Juntas --con su presidente, dos vicepresidentes y dos secretarios--, que dirigirán durante la próxima legislatura las Cámaras forales

Los representantes de las diputaciones

El presidente electo de la Mesa de Juntas Generales declarará constituidas las Juntas Generales y lo comunicará al respectivo diputado general en funciones --José Luis Bilbao en Bizkaia, Markel Olano en Guipúzcoa y Xabier Agirre en Álava--. Después, se convocará la sesión plenaria para la elección de los máximos representantes de las diputaciones para esta nueva legislatura.

Las diferentes formaciones políticas deberán presentar a sus candidatos con una antelación mínima de 72 horas a la hora señalada para la celebración del pleno de investidura.

Para la designación del diputado general será necesario que se logre, al menos, los votos de la mayoría absoluta en primera votación y el de la mayoría simple en la siguiente. En caso de que en la segunda votación se produjese un empate, será elegido el candidato del partido con el mayor número de votos. EPF