PSOE pide en el Senado que los estudiantes de Derecho tengan becas y máster en la UNED para poder ejercer como abogados

EUROPA PRESS 19/06/2012 18:51

El PSOE defenderá esta enmienda, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la deliberación sobre el proyecto de ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Este texto incorpora una disposición que excluye a los licenciados de Derecho de la superación de un máster, un periodo de prácticas y un examen final para poder acceder a la Abogacía y la Procura.

Los senadores socialistas volverán a defender su iniciativa, después de que ésta fuera rechazada en la Comisión de Justicia celebrada la pasada semana. Instarán así al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para garantizar la posibilidad de acceso al máster y la igualdad de oportunidades de los alumnos a través de un sistema de becas.

DESDE LA LICENCIATURA AL GRADO

Respecto a esta cuestión, la Entesa pidió que los requisitos previstos en la Ley 34/2006 tampoco fueran exigibles a aquellos que hubieran comenzado la licenciatura de Derecho y que con posterioridad hubieran pasado al grado.

El grupo defendía que los licenciados y graduados que desearan obtener el título de forma "voluntaria" pudieran ser también beneficiarios de las ayudas y becas correspondientes. Además, solicitaba ampliar la entrada en vigor de la ley por la insuficiencia de la 'vacatio legis' original, la falta de implantación de los cursos de formación así como la ausencia de becas y ayudas.

El Pleno del Senado votará este proyecto de ley cuando acabe el debate y la votación de las enmiendas presentadas a los Presupuestos Generales del Estado (PGE).

El Congreso de los Diputados validó el pasado marzo la enmienda transaccional incluida en el proyecto de ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles que eximía a los licenciados de Derecho de cursar un máster, superar prácticas y aprobar un examen final para ejercer.

La enmienda decía que "los títulos profesionales que se regulan en esta ley no serán exigibles a quienes obtengan un título de licenciado en Derecho con posterioridad a la entrada en vigor de la misma, siempre que en el plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en que se encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en Derecho, procedan a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes".