El Supremo anula las candidaturas de Askatasuna y D3M a las elecciones vascas

INFORMATIVOS TELECINCO/AGENCIAS 08/02/2009 14:34

La sentencia por la que la Sala del 61 del alto tribunal anula las listas electorales de D3M señala que Batasuna, ilegalizada en 2003 por ser parte de la organización terrorista ETA, ha impulsado estas candidaturas para "participar en los procesos electorales y, en su caso, conseguir la presencia de sus candidatos en la Cámara vasca".

Tras valorar las pruebas aportadas en los recursos contencioso-electorales de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, los 16 magistrados de la Sala Especial aseguran haber alcanzado "la convicción de la existencia de una continuación o sucesión" de esta plataforma "respecto de los partidos políticos ilegalizados", en referencia a Batasuna, Herri Batasuna (HB) y Euskal Herritarrok (EH).

La resolución judicial, de 98 páginas, considera "evidente" que Batasuna ha ejercido "el apoyo y la tutela" de D3M, que desde su "falta de autonomía" se ha convertido en "un mero instrumento" de esta formación con el "verdadero objetivo" de "dar continuidad" a su actividad.

"Tales agrupaciones electorales no responden verdaderamente al fin legítimo del ejercicio del derecho de sufragio pasivo, sino al de eludir los efectos de un pronunciamiento judicial de ilegalización y disolución de unos partidos políticos cuya continuación se pretende", sostienen los magistrados.

Vínculos con los partidos ilegalizados

Para justificar esta convicción, el Supremo recuerda que "la mayoría (casi la totalidad)" de los integrantes de las tres candidaturas de D3M -y, en concreto, 82 de 84- "han mantenido vínculos con los partidos ilegalizados y disueltos", por lo que su presencia en las listas responde al objetivo, en caso de ser elegidos, de impulsar su proyecto "eludiendo así los efectos de su ilegalización".

La "vinculación estrecha" de D3M con Batasuna, HB, EH, ANV ó PCTV se pone de manifiesto, según el alto tribunal, en que 73 de los 75 candidatos titulares y los 9 suplentes han mantenido "una vinculación estrecha" con estas formaciones.

Los magistrados consideran "significativo" que los cabezas de lista de las tres agrupaciones electorales -Itziar Lopategui por Vizcaya, Idoia Ibero por Guipúzcoa y Amparo Lasheras por Álava- "sean o hayan sido dirigentes" de la formaciones ilegalizadas.

La exclusión de estas candidaturas del proceso electoral, asegura, no se produce por "la pertenencia o proximidad" de sus candidatos a la "izquierda abertzale" sino porque están lideradas por "personas que ocuparon cargos destacados o representativos de los partidos ilegalizados".

Sin disimulos

Los miembros de la Sala del 61 también citan las declaraciones realizadas por "personalidades u organizaciones políticas vinculadas al entorno de ETA/Batasuna", entre ellas el histórico dirigente Tasio Erkizia, que no han tenido "voluntad alguna de ocultar el papel jugado" desde este entramado en "la instrumentalización de las agrupaciones electorales cuya constitución han promovido y dirigido".

A este respecto, señalan que "la estrategia mostrada por los líderes de Batasuna en innumerables comparecencias públicas y la trama urdida en torno a la constitución de las agrupaciones electorales" revela "un reconocimiento expreso" de su "designio defraudador de la ilegalización de los partidos políticos mencionados capaz por sí solo de acreditar su vocación de suceder a los mismos". LA