Absuelta una mujer que se llevó a su hijo a vivir a Madrid sin permiso del padre

Informativos Telecinco | Agencias 30/07/2017 12:02

De esta forma la Audiencia admite el recurso presentado por la mujer, representada por el abogado Francisco Pérez Platas, contra la sentencia dictada en diciembre de 2016 por el juzgado de lo Penal número 2 de Avilés.

La avilesina que ahora ha resultado absuelta de todos los cargos, en abril de 2015 escolarizó a su hijo en Madrid sin autorización de su padre, incumpliendo así las condiciones especificadas en la sentencia de guarda y custodia.

El juez de lo Penal número 2 de Avilés consideró en su momento probado que la mujer "voluntaria, conscientemente y de manera unilateral" incumplió los términos de la patria potestad compartida, que impide a cualquiera de los progenitores adoptar decisiones que afecten al menor sin contar con el consentimiento o el conocimiento del otro.

Ahora la Audiencia ha dictado sentencia absolutoria considerando que "el sujeto activo del delito sólo puede ser el progenitor que no ostente la titularidad de la custodia del menor". Contra esta sentencia no cabe recurso alguno.