Ampliada solicitud de extradición del presunto etarra preso en Francia Ilundain Iriarte

EUROPA PRESS 21/09/2012 15:48

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha acordado solicitar a Francia que amplíe la petición de extradición que fue cursada en 2001 contra el presunto miembro de ETA Alberto María Ilundain Iriarte para poder juzgarle por una causa más cuando sea entregado a España. En la nueva causa se le acusa de integración en la organización terrorista ETA y depósito de armas de guerra.

Ilundain Iriarte fue detenido en Francia en septiembre de 2001 y cumple allí condena por hechos cometidos en dicho país. El Gobierno francés concedió su extradición a España en noviembre de 2001 para que sea juzgado por dos causas, una en la que está acusado de asesinato y otra en la que se le imputan los delitos de tentativa de asesinato y depósito de armas de guerra.

"COMANDO NAFARROA".

La causa por la que ahora se solicita la ampliación de la extradición se instruye en el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, en el que se acusa a Ilundain Iriarte de haber ocultado en 1993, en un piso de la localidad Navarra de Arrieza, a varios miembros del comando Nafarroa, al que, siguiendo órdenes de la dirección de la organización terrorista, proporcionó infraestructura.

En julio de ese mismo año recogió explosivo, armas y munición en el cementerio de Ororbia y los trasladó al piso franco, según la acusación.. Además, se le atribuye haber participado en las prácticas de tiro que miembros de ETA realizaron en Estella.

En 2001 también se solicitó a Francia su entrega por esta causa, pero las autoridades francesas rechazaron la petición, al entender que los hechos denunciados por España habrían prescritos según la legislación francesa.

La solicitud cursada ahora se basa en que el procedimiento de extradición que se aplica con Francia a partir de 2005 es el convenio establecido en el Tratado de la Unión Europea firmado en Dublín en 1996 que afirma que "no se podrá denegar la extradición por el motivo de que la acción o la pena haya prescrito con arreglo a la legislación del Estado miembro requerido".