CGPJ celebra el martes un pleno extraordinario para analizar la Ley del uso de las nuevas tecnologías en los tribunales

EUROPA PRESS 19/06/2011 10:02

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) celebrará este martes, a las 11.30 horas, un pleno extraordinario para analizar los efectos de la Ley reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia que ha sido aprobada esta mañana por el Congreso de los Diputados.

Según ha informado en un comunicado, el órgano de gobierno de los jueces ha convocado esta sesión plenaria a petición de varios vocales. En la reunión se abordarán también las materias relacionadas con la nueva norma que pueden afectar a las competencias del CGPJ.

El Pleno de la Cámara Baja dio el jueves luz verde definitiva a la Ley del Uso de las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia, que fija un plazo de cinco años para que los tribunales tramiten vía electrónica todos los procedimientos judiciales y abandonen definitivamente el formato papel.

La norma tiene como objetivo modernizar la Justicia, agilizar el servicio que se presta al ciudadano, abaratar costes y evitar desplazamientos y trámites innecesarios. Para ello, ordena a las Administraciones Públicas dotar a las oficinas judiciales y a las fiscalías de sistemas de gestión procesal que posibiliten la tramitación electrónica, logrando así un sistema más eficiente.

Durante la votación, la Cámara Baja rechazó las enmiendas, coincidentes del PP y CiU, que fueron introducidas por el Senado y que apostaban por eliminar las tasas para demandas por deudas inferiores a 30.000 euros.

Además, rechazó otras enmiendas del Senado que disponían que los sistemas de interoperabilidad y seguridad en la Administración de Justicia debían conservar los datos de acuerdo a los términos establecidos en el Documento de Seguridad aprobado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial el 13 de septiembre de 2007.

Asimismo, indicaban que el CGPJ aprobaría las guías cuando afecten a la compatibilidad de los sistemas informáticos en los términos previstos en el artículo 230.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.