CGPJ afirma que de "haberse producido exceso" por Pedraz, no se justifica el insulto

Informativos Telecinco / Agencias 05/10/2012 12:40

Según Bravo, "de haberse producido un exceso" en los términos empleados por el juez central de Intrucción número 1, "en ningún caso se justifica el recurso al insulto personal".

Añade que las críticas que invaden la esfera personal "mediante descalificaciones que atentan contra el respeto que merece la dignidad personal constitucionalmente garantizada son intolerables y deben cesar de inmediato".

Finalmente, la portavoz reconoce que ante la posible existencia en el auto de Pedraz de algún elemento capaz de molestar a personas implicadas o ajenas a la causa, "hay que recordar que tanto dentro como fuera del mismo proceso existen mecanismos para corregirlo".