Condenan a una mujer por facilitar trabajo de forma irregular a mujeres de países de Europa del Este

EUROPA PRESS 02/06/2015 18:40

Según se declara probado en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, la investigación se inició a raíz de la localización de una embarcación de recreo en Benalmádena (Málaga) que llevaba inmigrantes ilegales, lo que alertó a los agentes de la Guardia Civil que tenían información de que se pudieran estar llevando a cabo dichas labores por parte de extranjeros residentes en España.

Estas informaciones fueron corroboradas por una llamada anónima de una ciudadana ucraniana que dijo que había contactado con una mujer y ofreció dos teléfonos, uno de ellos de la procesada, quien, dice la Sala, entre enero y febrero de 2005 se dedicó a contactar con mujeres de Rumanía, Bulgaria y Ucrania, las cuales venían con un visado de turismo de tres meses.

Las mujeres eran enviadas a través de agencias de viaje rusas, que les facilitaba el viaje hasta Málaga, vía Alemania, pasando por Madrid, según recoge la resolución, apuntando que una vez aquí la acusada les facilitaba el alojamiento y les buscaba un trabajo en domicilios españoles "a cambio de cobrarles una cantidad que solía ser la mitad del primer sueldo".

La procesada tenía "pleno conocimiento de la situación de mera estancia turística", a pesar de lo cual les procuraba "un trabajo ilegal". En enero de 2005, llegaron a la estación de autobuses de Málaga capital seis mujeres de países del Este y la acusada, dice la sentencia, acudió la recogerlas, llevándolas a un piso alquilado por otra de las acusadas, que no estaba en España en ese momento.

Así, el Tribunal señala que la actividad "ilícita" desplegada por la procesada "no era altruista y desinteresada" sino que cobraba el equivalente a la primera mensualidad que recibía la trabajadora, "a sabiendas de que su estancia en España era ilegal pues sólo tenían permiso temporal como turistas". Así lo reconocieron en el juicio varias ciudadanas extranjeras que declararon como testigos.

En cuanto a los otros tres acusados --el compañero sentimental de la condenada, la mujer que tenía legalmente alquilada la casa y otro hombre--, "no se ha probado su participación en los hechos" ni un supuesto reparto de papeles entre los procesados ni tampoco se ha acreditado una vinculación de éstos con el grupo que dio cobertura al barco localizado en Benalmádena.

El Tribunal señala que de las intervenciones telefónicas, que avala a pesar de haber sido impugnadas por las defensas, se desprende "con claridad meridiana" la intervención de la acusada en la actividad ilegal "facilitando la contratación de ilegales en España a cambio de medio sueldo de un mes". Asimismo, se aprecia el "temor" que siente cuando sabe que una mujer ha contado estas operaciones.

"Evidentemente --señala la sentencia-- ningún temor tendría que tener a la actuación policial si como manifiesta en el juicio su actividad la consideraba legal y tenía como única finalidad ayudar a mujeres que se encontraban en apuros en España, ayudándoles a buscar trabajo". "No es así, se trata de una actividad ilegal, buscada a propósito para obtener un lucro económico personal", se precisa.

Asimismo, advertía a las mujeres en el sentido de que fueran "discretas" y les decía que "no fueran por la calle con bolsas". Por estas conversaciones y las declaraciones de las testigos protegidas, la Sala determina que la acusada era la "encargada de dar trabajo" a extranjeros que entraban con visado de turista pero "con la clara idea de permanecer y trabajar indefinidamente en España".

A la acusada se le condena por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, con la atenuante de dilaciones indebidas; mientras que el Tribunal absuelve a los otros tres procesados, ya que señala que, aunque hay "fundadas sospechas de que colaboraron" en los hechos, no llega a la convicción necesaria para una sentencia condenatoria, al "no existir pruebas de cargo contundentes".