Condenan a dos hombres en Málaga por matar a otro en venganza por una pelea previa en una discoteca

EUROPA PRESS 11/06/2012 15:00

Los hechos sucedieron en marzo de 2011. Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y que se puede recurrir, uno de los acusados que ha resultado condenado y un joven menor de edad, que ya ha sido juzgado, contactaron el día después del incidente en la discoteca con el otro procesado y su hermano, también menor de edad y que también ha sido enjuiciado por estos hechos.

Según la resolución, el grupo decidió ir a donde sabían que se reunían las personas con las que pelearon el día antes para "arreglar" las cosas, es decir, "vengarse por lo sucedido y darles lección o escarmiento". Aunque "no tenían seguridad de que se produjese un enfrentamiento, aceptaban el mismo y sus consecuencias", para lo cual "estaban preparados, portando, al menos uno de ellos un arma blanca".

Así, los otros dos acusados que han sido absueltos subieron al coche también, aunque no consta acreditado que ninguno conociera las circunstancias y motivos del desplazamiento, ni que llevaran armas. De hecho, dice la sentencia, estos dos no permanecieron con los demás una vez que llegaron a la zona, entraron en la plaza y se acercaron a uno de los jóvenes que estaba allí, que ha declarado como testigo protegido, y que dada la situación salió corriendo.

Ante lo sucedido, la víctima salió en defensa de su amigo y fue rodeado por los jóvenes, dándole uno de los acusados una puñalada en el abdomen con un cuchillo jamonero de grandes dimensiones, lo que le causó la muerte. El otro procesado que ha resultado condenado hizo actos "imprescindibles" en los hechos y, antes de irse, le dijo a una testigo protegido que "no la mataba porque era mujer, pero que no le importaría matar a otro hombre".

No se considera que los hechos sean constitutivos de un delito de asesinato, porque se produce en el curso de una riña previa en el que participaron tanto el agresor, que estaba "arropado por sus compañeros" como la víctima, aunque ésta estaba "sola y sin arma blanca alguna". No obstante, sí se observa la agravante de abuso de superioridad, ya que la víctima "fue rodeada por un grupo de agresores" en una especie de "corrillo".

Respecto a uno de los acusados que ha sido absuelto, se considera probado que en un viaje a Madrid mantuvo una conversación telefónica, escuchada por un policía de paisano, en la que exponía "su participación en el hecho", pero "dando datos incompletos y contrarios a lo probado". El jurado calificó esto de "fanfarronada" tras conocer el suceso y ser amigo de los agresores, con los que fue hasta el lugar en el que se produjeron los hechos, pero no participó.