Condenan en Valencia a un hombre a 3 años de cárcel por estafar a un inversor valenciano dentro de la trama de Chile

EUROPA PRESS 15/06/2012 16:43

Además, el tribunal condena a este hombre, sin antecedentes penales y solvente, a pagar una multa de 2.400 euros y una indemnización de 110.000 euros al empresario al que estafó por un delito continuado de apropiación indebida. La Audiencia hace una matización en la sentencia y explica que este caso, pese a derivarse de la estafa de Chile, no es la misma causa, ya que aquí se enjuiciaba el hecho de haber recibido dinero de un inversor y no haberlo destinado al fin para el que lo recibió.

El procesado constituyó en mayo de 2007 una mercantil, de la que era administrador único, que tenía por objeto la gestión, promoción, construcción e intermediación inmobiliaria, además de la compraventa de inmuebles y solares para su explotación y venta. Asimismo, esta sociedad fue constituida para canalizar determinadas inversiones que el procesado tenía pensado realizar sobre bienes inmuebles radicados en Chile.

El acusado, con esta finalidad, fue ofreciendo a distintas personas que pudieran estar interesadas la participación en las inversiones mediante la suscripción de contratos de cuentas en participación.

Entre los meses de abril y mayo de 2007, el procesado entró en contacto con un empresario, a quien explicó que las inversiones consistían en adquirir bienes inmuebles a través de remates judiciales y su posterior venta a un precio muy superior. También le comentó que su mercantil se llevaba una comisión del 10 por ciento por las gestiones realizadas.

Así, en mayo de 2007, el procesado y este empresario firmaron un primer contrato por el que este último se comprometía a pagarle 60.000 euros, de los 54.000 tenía que invertir en comprar, para su posterior venta, un inmueble en Comuna de Las Condes, provincia de Santiago (Chile).

Tras éste, se firmaron dos contratos más, por los que el empresario transfirió al procesado otros 110.000 euros, para inversiones similares. Sin embargo, el hombre no destinó las cantidades al fin acordado, y dispuso de las mismas en beneficio de otra mercantil familiar, de la que era administrador único, así como para satisfacer gastos personales y de otro tipo.

CONTRATOS Y CUENTAS

El tribunal valenciano considera probada la estafa en base a los contratos suscritos entre ambos, los extractos de las cuentas bancarias, y las manifestaciones que ambos hicieron en el juicio, que fueron diferentes. Allí, mientras el acusado sostuvo que la totalidad de la cantidad transferida por la víctima fue destinada al objeto pactado, ésta afirmó que ninguna de las tres cantidades fueron enviadas a Chile.

Ante ello, la Audiencia considera "acreditado" que la última vez que el procesado envió dinero a Chile para las repetidas inversiones fue en julio de 2007, esto es, antes de comenzar a recibir del inversionista las sumas acordadas en los contratos suscritos.

Asimismo, agrega que del extracto de la cuenta de la mercantil del procesado, se realizaron sendas transferencias de 30.000 y de 70.000 euros a una cuenta de otra empresa familiar, así como un reintegro por importe de 80.000 euros y diversos cargos de pagos realizados con tarjeta de crédito titularidad del acusado, así como gastos de telefonía.

Por tanto, y ante estos datos, el tribunal afirma que el procesado dio destino a la cantidad de 54.000 euros en inversiones en Chile, pero indica que no puede afirmarse lo mismo en relación con las cantidades entregadas para invertir en la adquisición de una finca a la que se hace referencia en otros dos contratos. Por tanto, de los 170.000 euros que recibió, tan solo destinó al objeto pactado 60.000 --54.000 euros para invertir, y 6.000 para su comisión--. Por este motivo, el tribunal le condena a devolver a la víctima los 110.000 euros que le estafó, y a cumplir tres años de prisión.