Las oficinas consulares españolas asisten a más de 2.000 presos españoles encarcelados en el extranjero

EUROPA PRESS 05/09/2013 22:36

La red de Oficinas Consulares de España presta asistencia a un total de 2.184 presos españoles que están cumpliendo condena en el extranjero por medio de uno de los sistemas de atención a presos en el exterior "más comprensivo" de Europa, según ha informado el Ministerio del Interior en un comunicado.

El departamento que dirige José Manuel García-Margallo ha indicado que el personal consular de las embajadas y los consulados de España atiende a los presos españoles "desde el momento de la comunicación de su detención, de conformidad con lo previsto en el Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, procurándoles no sólo información y visitas asiduas, sino también haciendo un seguimiento continuado de su situación".

El Ministerio de Exteriores ha explicado que los servicios consulares tratan de paliar "en la medida de lo posible" las condiciones "no siempre adecuadas" en las que cumplen condena los españoles encarcelados en el extranjero.

El departamento que dirige José Manuel García-Margallo ha señalado que más del 80 por ciento del total de presos españoles cumpliendo condena en el extranjero se encuentra en prisión por "posesión ilícita o tráfico de estupefacientes". "Un 55 por ciento se encuentra preso en países de Iberoamérica, un 37 por ciento en países europeos, un 6 por ciento en África y el resto se encuentra preso en otros países del mundo", ha informado.

Exteriores ha precisado que la atención consular se puede materializar en "asistencia no económica" o "en asistencia económica". La asistencia no económica se traduce en visitas periódicas del personal consular para comprobar la situación del detenido, comunicación de la detención, previa autorización y solicitud del preso, a sus familiares o personas que determine y envío de medicinas de sus familiares y allegados cuando el sistema penitenciario del país en que se encuentre cumpliendo la condena lo permita, entre otras cuestiones.

Los servicios consulares también proporcionan, "a título orientativo", "un listado de letrados especialistas y con experiencia probada en determinados tipos de casos, que voluntariamente podrán ser contratados por los detenidos españoles".

Además de entregar al detenido mensajes y correspondencia y material de lectura y para escribir cartas, los servicios consulares españoles también solicitan a las autoridades locales información sobre el caso, "vigilando que el detenido reciba un trato adecuado por parte de las autoridades policiales o penitenciarias, velando por el estado de salud del detenido, y verificando su adecuada alimentación y tratamiento médico".

Igualmente, si lo desea el condenado, los consulados y embajadas le ayudan en la solicitud del traslado para el cumplimiento de su condena en España (en el marco de los Convenios sobre Traslado de Personas Condenadas a Penas Privativas de Libertad firmados por España y el país en cuestión).

"El personal consular podrá asistir a los juicios de los detenidos españoles en el extranjero en aquellos casos en los que haya sospechas de una posible vulneración de sus derechos", ha indicado Exteriores.

En relación con la asistencia económica, el Ministerio ha asegurado que, "en caso de necesidad", "se puede entregar una ayuda a la persona que se encuentra cumpliendo condena que, como máximo, puede alcanzar los 120 euros mensuales, siempre que su familia o allegados no puedan proporcionarle ayuda".

El departamento que dirige José Manuel García-Margallo ha recordado que España tiene en vigor o en aplicación provisional "más de treinta acuerdos bilaterales que regulan el traslado de personas condenadas" en otros países y es parte del Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas, hecho en Estrasburgo el 21 de marzo de 1983. "El desempeño de estas funciones es prioritario para los funcionarios de las Oficinas Consulares de España", ha concluido el Ministerio de Exteriores.