CyL presentará alegaciones ante la posible inconstitucionalidad de la supresión de la extra a sus funcionarios

EUROPA PRESS 09/04/2013 15:50

La consejera de Hacienda, Pilar del Olmo, ha asegurado que la Junta defenderá su postura y presentará las alegaciones que considere oportunas a la cuestión de inconstitucionalidad que podría plantear el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) sobre la supresión de la paga extra a los empleados públicos de la Comunidad acordada el pasado año por la Administración regional.

A este respecto, Del Olmo ha aclarado que hay que tener en cuenta el estado procesal en el que se encuentra esta cuestión, ya que hay un plazo de diez días para que la Junta presente alegaciones, algo que hará, al tiempo que ha recordado que lo único que se ha hecho ha sido cumplir la normativa básica del Estado, por lo que defenderá su postura.

La titular de Hacienda, quien ha recordado que la situación es similar a la cuestión planteada por la Audiencia Nacional a nivel estatal, ha incidido en que la providencia del TSJCyL sólo afecta a los trabajadores laborales y por un periodo que comprende algo más de un mes, los días del segundo semestre hasta que se adoptó el Real Decreto Ley del Gobierno sobre este asunto, por lo que tiene un efecto "limitado".

Pilar del Olmo ha asegurado que la Junta no ha cuantificado a qué cuantía puede afectar esta cuestión y ha instado a esperar a las alegaciones y ver qué decisiones toman los tribunales después.

PROVIDENCIA DEL TSJCYL

La consejera se ha expresado así después de que el TSJCyL, en virtud de una providencia, de oficio y por unanimidad, haya solicitado oír a las partes y al Ministerio Fiscal en el plazo común e improrrogable de diez días para que aleguen lo que a su derecho convenga sobre la pertinencia de plantear cuestión de inconstitucionalidad respecto del artículo 2 del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

La duda de constitucionalidad que plantean los magistrados se concreta en la reducción de retribuciones en las cuantías que correspondiera percibir a estos empleados públicos en el mes de diciembre de 2012, como consecuencia de la supresión de la paga o gratificación extraordinaria, en la medida en que la norma suprime el derecho de los trabajadores a percibir cuantías ya devengadas.

La Sala plantea que tal medida puede suponer hipotéticamente la expropiación de derechos económicos no abonados pero sí incorporados ya al patrimonio de los trabajadores por devengados.