La Fiscalía excluye a Camps de parte de los delitos de la trama Gürtel

INFORMATIVOS TELECINCO / AGENCIAS 01/04/2011 09:18

La Fiscalía Anticorrupción no incluye al presidente de la Generalitat, Francisco Camps, entre las personas que podrían haber incurrido en presuntos delitos electorales, de falsedad en documento mercantil y contra la Hacienda y administración pública investigados en relación con el 'caso Gürtel' y sobre los que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se inhibió a favor del de la Comunidad Valenciana.

Así consta en su escrito de alegaciones sobre la inhibición acordada, presentada ante la sala de lo civil y penal del TSJCV, y en el que sí que se incluye al vicepresidente primero del Consell, Vicente Rambla, y a la presidenta de las Cortes Valencianas, Milagrosa Martínez.

En el escrito, considera que el TSJCV es el órgano competente para conocer de los hechos delictivos que se contienen en los autos de inhibición del TSJM, una competencia determinada por el aforamiento de algunos de los "eventuales partícipes" y que habría de extenderse también a los no aforados para no romper la "continencia" de la causa.

El fiscal alega que este principio y la norma competencial hacen procedente la investigación en una única causa porque existe como elemento común la participación de Orange Market y se incluye "dentro de una misma estrategia consistente básicamente en la entrega de dádivas a cargos públicos al objeto de conseguir un trato de favor tanto en la contratación pública como en el ámbito de las formaciones políticas coincidiendo en algún caso responsabilidades en uno y otro ámbito en una misma persona".

En esta línea, en relación con la procedencia de que se acumule al procedimiento ante el Tribunal del Jurado tramitado ante el TSJCV --la 'causa de los trajes'--, el fiscal afirma que no se trata "tanto de la conexidad delictiva sino de que la propia calificación jurídico penal de la contratación pública determina la calificación jurídico penal de la percepción de prendas de vestir; en algunos casos, por tanto, no es una cuestión de conexidad entre distintos delitos sino de que unos y otros hechos han de ser objeto de valoración conjunta para la correcta calificación" del delito de cohecho.