El Gobierno recuerda que las cartas sobre empresas públicas locales "son informativas" y les insta a "hacer alegaciones"

EUROPA PRESS 05/08/2016 15:02

Asimismo, Sanz ha propuesto como solución para aquellos ayuntamientos que tengan sus cuentas en superávit que hagan aportaciones municipales para corregir el déficit de sus empresas públicas deficitarias.

En declaraciones a Europa Press, Sanz ha explicado que a determinados ayuntamientos se les estableció un plazo para que sus empresas públicas municipales presentaran cuentas positivas, toda vez que "la Ley establecía unos criterios y estableció unos plazos".

Ha indicado que en esta ocasión el Gobierno ha hecho un "requerimiento informativo" a los ayuntamientos "no es una supresión" y ha añadido que ese requerimiento permite presentar alegaciones, de forma que "cualquier ayuntamiento puede presentar alegaciones y en el momento en que se presenten alegaciones, automáticamente se paraliza el proceso y se estudia cada caso".

De esta forma, deja claro que "todavía no existe una decisión final sobre una posible supresión de empresas locales deficitarias, sino que estamos en período informativo".

Ha precisado que este requerimiento "se emite conforme a la Ley de Régimen Local y la Ley de Estabilidad Presupuestaria" de manera que "se ha aplicado una orden del Ministerio de Hacienda", donde se establecen unas obligaciones de información, tras lo que ha insistido en que "sólo se efectúa un requerimiento de información a los consistorios".

Por ello, Sanz ha pedido a los ayuntamientos que "hagan los deberes y presenten alegaciones, pues si presentan alegaciones pueden automáticamente paralizar el proceso".

El delegado del Gobierno ha recordado que en diciembre de 2014 "se dio un primer plazo para solucionar el déficit de empresas deficitarias, y posteriormente se dio un plazo de un año mas, en diciembre de 2015, para solucionar la situación económica de esas empresas públicas".

Por tanto, considera que "no se puede poner en cuestión la necesidad de gestionar los entes públicos conforme los requisitos de estabilidad presupuestaria, cumpliendo la regla de gasto y todo lo que exige la ley".

A su juicio, "la aplicación de la norma no puede ser entendida como un enfrentamiento ni agravio ni va en contra de las administraciones locales, sino que va en beneficio de las propias corporaciones para acabar con el déficit y aplicar las políticas de estabilidad presupuestaria".

"Los ayuntamientos no pueden mantener déficit que repercuta sobre los ciudadanos y además existe un compromiso a favor de la estabilidad presupuestaria", ha añadido.

APORTACIONES MUNICIPALES

El delegado ha recordado que Hacienda "permite a los ayuntamientos una solución para los consistorios que tengan superávit, de forma que éstos, además de presentar alegaciones, puedan hacer aportaciones de fondos de ese superávit a sus empresas públicas deficitarias, para sanear esas empresas siempre que ofrezcan servicios esenciales, para mantener esos servicios".

"Sólo se pretende el correcto funcionamiento de las administraciones, no es un agravio ni un desafío a los ayuntamientos, sino que hay necesidad de reordenar las empresas públicas locales, es un ejercicio obligado por la Ley; se debe cumplir la ley con rigor y efectividad", ha añadido el delegado, que asegura que el Gobierno "está abierto a todos los ayuntamientos a tratar caso por caso para buscar opciones y evitar la supresión de empresas públicas, pero dentro del cumplimiento de la Ley".