Juntas de Vizcaya modifican las limitaciones de endeudamiento de los ayuntamientos para que puedan afrontar sus facturas

EUROPA PRESS 21/06/2012 11:41

En el dictamen de la Comisión de Economía y Hacienda se recuerda que la Norma Foral 3/2011, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Vizcaya para el año 2012 establece, dentro de su artículo 44, las limitaciones que, durante el ejercicio 2012, habrán de observar las Entidades Locales para la concertación de operaciones de crédito a largo plazo.

Asimismo, se indica que "la grave situación de crisis económica ha generado, en algunos municipios, un descenso sustancial de sus recursos lo que ha motivado demoras injustificadas en el abono de las obligaciones generadas por la ejecución de contratos irrogándose, en estos supuestos, un importante perjuicio a los distintos contratistas y proveedores".

Según se añade, con el fin de superar "esta anómala situación se hace preciso implementar los correspondientes procedimientos que, siempre bajo la ineludible premisa del rigor y control presupuestario, permitan dar una adecuada solución a este grave problema, evitando hacer recaer las consecuencias de índole económica en terceros que no tienen, en modo alguno, la obligación de soportarlas".

Para ello, considera preciso "abordar una modificación puntual de las limitaciones de endeudamiento vigentes y que anteriormente han sido mencionadas, únicamente para aquellas situaciones en que concurran las circunstancias expuestas".

RÉGIMEN EXCEPCIONAL

La presente Norma Foral tiene por objeto establecer, durante el ejercicio 2012, un régimen excepcional para la concertación, por parte de los ayuntamientos, de operaciones de crédito a largo plazo, con el fin de poder financiar el abono de deudas contraídas cuando se trate de deudas vencidas líquidas y exigibles cuya factura haya sido emitida con anterioridad al 1 de mayo de 2012 y que se refieran a actuaciones derivadas de contratos de obras, gestión de servicios públicos, suministros o servicios.

También aquellas que, tratándose de obligaciones contraídas por los ayuntamientos con mancomunidades y consorcios con anterioridad al 1 de mayo de 2012, el incumplimiento de la obligación de pago por el ayuntamiento provoque la imposibilidad del abono total o parcial al contratista de facturas que cumplan con los requisitos del apartado anterior.

Asimismo, esta norma se refiere a aquellas obligaciones de pago derivadas de resoluciones judiciales firmes dictadas antes del 1 de mayo del 2012 y cuyo cumplimiento de pago afecte al presupuesto de gasto del Ayuntamiento en el mismo ejercicio. En este caso el límite máximo de cada municipio por este concepto sería de 3 millones de euros.

En todo caso, las operaciones de endeudamiento a largo plazo que se concierten al amparo de la presente Norma Foral requerirán la autorización previa por parte del Departamento de Presidencia la Diputación Foral de Vizcaya. A tal efecto, el ayuntamiento deberá remitir al Departamento de Presidencia de la Diputación Foral de Vizcaya la siguiente documentación la relación certificada de todas las obligaciones pendientes de pago, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo anterior, expedida por el funcionario competente, así como la propuesta de plan de ajuste informado por la intervención municipal.

El Departamento de Presidencia de la Diputación Foral de Vizcaya emitirá informe preceptivo sobre la propuesta de plan de ajuste. En caso de que el informe del Departamento de Presidencia de la Diputación Foral de Vizcaya no sea favorable no se autorizará la operación de endeudamiento.

Una vez informada favorablemente la propuesta del plan de ajuste por Departamento de Presidencia de la Diputación Foral de Vizcaya, deberá remitirse por el ayuntamiento, el certificado del acuerdo plenario de aprobación del mismo.

Las operaciones de endeudamiento a largo plazo tendrán limitaciones, entre ellas que el importe obtenido mediante la operación de endeudamiento se destinará exclusivamente al abono de las deudas, que el plazo máximo para la amortización así como la posibilidad de establecer periodos de carencia será objeto de desarrollo reglamentario y que el tipo de interés de la operación será fijado por la Diputación, previo acuerdo de ésta con las entidades financieras que vayan a participar en ella.

GRUPOS

El juntero del PNV Unai Rementeria ha afirmado que esta norma "es muy importante" y ha precisado que sus objetivos "no tienen nada que ver con la Ley Municipal o con la financiación municipal", sino que su fin es "ayudar a los ayuntamientos y pagar las facturas que tienen con terceros".

En ese sentido, ha advertido de que "el que quiera mezclarlo y meterlo en la misma bolsa, él sabrá qué argumentos utiliza y por qué dice lo que dice", pero "mezclarlo todo no simplifica ni clarifica las cosas de ninguna manera".

Rementería ha explicado que "el sistema para pagar estas deudas es muy simple: los ayuntamientos deben acordar un crédito a largo plazo con alguna entidad financiera y la Diputación lo tiene que autorizar".

El juntero del PP Gonzalo Zorrilla-Lequerica ha considerado "muy razonable" este proyecto de norma foral porque, "para pagar la deuda a contratistas y proveedores los ayuntamientos tendrán durante este ejercicio 2012 un régimen excepcional para la concertación de operaciones de crédito a largo plazo".

Asimismo, cree "correcto que haya una modificación puntual de las limitaciones de endeudamiento de los ayuntamientos", aunque ha subrayado que esto implica "una mayor información y planes económicos por parte de los ayuntamientos y de un mayor control por parte de la Diputación, que también es razonable".

Por su parte, la juntera socialista Alexia Castelo ha destacado que este proyecto de norma foral es "un instrumento que se pone en mano de los ayuntamientos para que, en esta coyuntura económica, puedan hacer frente a los pagos a proveedores y contratistas y puedan garantizar así la prestación de sus servicios a los vecinos".

Además, ha señalado que el proyecto de norma foral "ha sido mejorado" con la incorporación de una enmienda del grupo socialista por la cual "se abre la posibilidad de acudir a endeudamientos a largo plazo, no sólo para pagar a contratistas y proveedores sino también para el pago de resoluciones judiciales que hayan sido dictadas y obliguen a los ayuntamientos al pago de cantidades no previstas cuyo cumplimiento pudiera comprometer el pago de los servicios municipales".

Por otro lado, en representación de Bildu, Joseba Gezuraga ha dicho que "la Diputación foral es responsable de la situación porque ha sido la que durante estos años ha dado autorizaciones y visto bueno al endeudamiento municipal y no ha puesto freno al gasto excesivo sobre los ingresos efectivamente cobrados a los ayuntamientos". "La Diputación ha permitido la existencia de derechos liquidados pendientes de cobro que no obedecían a liquidaciones reales", ha criticado.