Dos años y medio de cárcel por maltratar a su esposa con quien se casó por conveniencia

EUROPA PRESS 01/10/2012 13:08

La víctima llegó a España por medio de la reagrupación familiar en octubre de 2010 y se instaló a vivir con su esposo, Mimoun H., con autorización para residir en España y sin antecedentes penales, en una masía de Castellví de la Marca (Barcelona).

Según la sentencia, una patrulla de los Mossos d'Esquadra encontró a la mujer agarrado a los barrotes de una ventana de la vivienda pidiendo auxilio, mientras el acusado la cogía del cuerpo, una vez ya la había golpeado.

El tribunal destaca que "la relación de pareja, carente de afecto, no era buena", y que la víctima ya había manifestado al procesado su descontento con el lugar donde vivían, que no tenía vecinos y estaba en un pueblo pequeño.

Mimoun H. aprovechó esta circunstancia para insultarla con palabras como "grita lo que quieras, aquí no hay policía, grita hasta que te canses", o amenazándola con desfigurarla o incluso matarla, detalla la sentencia.

La esposa quiso declarar durante el juicio en calidad de testigo protegida, es decir, detrás de una mampara, porque "se ponía muy nerviosa al pensar en enfrentarse visualmente con el acusado", lo que aceptaron todas las partes.

DELITO DE LESIONES

Pese a que la Fiscalía acusaba al procesado de un delito de detención ilegal, una falta continuada de injurias, un delito de amenazas, de lesiones y otro de violencia física y psíquica habitual, el juez le ha condenado sólo por un delito de lesiones y le ha absuelto del resto.

En la sentencia, el tribunal esgrime algunas contradicciones de la víctima respecto a las agresiones de su marido, y rechaza que éste le hubiera encerrado con llave y afirma que, más bien, la víctima se vio aislada por falta de integración social "al desconocer tanto el español como el catalán y no contar un una red social, por lo que no se atrevía a salir sola".

La sentencia también recoge un dictamen psicológico de la mujer que afirma que ahora se siente más feliz "al disfrutar de la libertad de la que dispone en España frente a la que tenía en su país", dado que no podía disfrutar de esta libertad con su marido, de cultura tradicional, y viviendo aislada en un pueblo de interior.

Además de la pena de cárcel, el juez le ha condenado a pagar 675 euros a la víctima en concepto de responsabilidad civil, le ha prohibido acercarse a menos de 1.000 metros de su domicilio o lugar de trabajo y a comunicarse con ella durante tres años y medio, por lo que se mantendrá la medida cautelar que le impuso el juez en diciembre de 2010.