La juez Núñez confirma la fianza civil de 1,9 millones a la dueña del restaurante Río Grande por el caso ERE

EUROPA PRESS 08/02/2016 14:31

En un auto fechado el pasado día 2 de febrero, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada rechaza así la petición planteada por la defensa de la investigada (antes imputada) porque "los indicios y hechos en virtud de los cuales se acuerda su imputación y adopción de garantía real no han variado en la actualidad y son los mismos que se tuvieron en cuenta al fijarse la fianza".

La juez recuerda que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla, mediante auto dictado el 5 de junio de 2013, ya confirmó la fianza civil impuesta a la dueña de Río Grande al "existir indicios de la comisión de hechos de relevancia penal en el proceder de la apelante y causas que justifican la conveniencia de la adopción de la medida cautelar para garantizar los eventuales resultados del procedimiento, siendo la cuantía en la que se ha establecido proporcionada y adecuada conforme al artículo 589 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".

Al hilo de ello, la instructora reseña que, en este auto, la Audiencia Provincial "destaca entre los hechos indiciariamente punibles el haber incluido en el ERE" a María José de la Rosa Aparicio "en razón a su amistad" con la dueña de Río Grande, y "a sabiendas de que la renta como beneficiaria de la póliza la habría abonado íntegramente la Junta de Andalucía".

A ello se suma, según añade la magistrada, "la inclusión en la póliza de Carmen Fontela, persona ajena y no trabajadora de Río Grande", mientras que, "de las cuatro pólizas que se firman para llevar a cabo la extinción de los contratos de los 12 trabajadores, Carmen Fontela es beneficiaria exclusiva de tres de ellas, las que corresponde en a seguros de capital diferidos".

TRES DELITOS

Asimismo, y sobre "la legalidad o no del procedimiento" que plantea la defensa de la investigada, la juez dice que se trata de "una cuestión que se resolverá" dentro de la pieza del procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas, aunque destaca que "los hechos de los que respondería" la dueña de Río Grande, "según consta en su declaración de 15 de septiembre de 2011, van más allá de la simple inclusión, a sabiendas, de los 'extraneus' en el ERE de la empresa".

Así, pone de manifiesto que Carmen García Sánchez "está imputada no sólo por el delito de fraude de subvenciones del artículo 308 del Código Penal, sino principalmente por los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos en su condición de extraneus, lo que ha justificado la imposición de la fianza".

"En conclusión, no existe razón alguna para modificar el estatuto de investigada que pesa sobre Carmen García Sánchez, ni tampoco para aminorar o eliminar la fianza impuesta", concluye la magistrada.

LA PETICIÓN

El pasado día 9 de diciembre de 2015, la defensa de la dueña de Río Grande presentó un escrito en el que pedía a la juez que acordara que "los beneficiarios de las ayudas sociolaborales acordadas en el ERE 21/2005 fueron los trabajadores" y que "la concesión de dichas ayudas estaba amparada por la orden de 5 de abril de 2005 y eran legales".

En este sentido, pidió el archivo de la causa respecto de su patrocinada y, como consecuencia de ello, el alzamiento o eliminación de la totalidad de la fianza impuesta "dada la legalidad de lo percibido por los 12 trabajadores de Río Grande que se incluyeron en el ERE y el hecho de que a Carmen García Fontela ya se le ha impuesto fianza por importe de 101.079,74 euros".

De manera subsidiaria, interesó minorar la fianza impuesta a la propietaria de Río Grande "a la más ajustada cifra" de 101.079,74 euros.