El responsable de Prisiones pide tener en cuenta las amenazas cuando las realiza alguien como Ibazeta

EUROPA PRESS 25/06/2013 16:42

"A nivel personal me parece que determinadas situaciones de amenaza cuando las hacen personas vinculadas a organizaciones que han llevado durante mucho tiempo a nuestro país a una situación trágica son para tenerlas en cuenta", ha dicho Yuste en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados.

La diputada de UpyD Rosa Díez censuró la absolución de Ibazeta "con el peregrino argumento" de que el acusado no habría podido llevar a cabo su amenaza al no tener licencia de armas y se ha preguntado "cuántos etarras hay en prisión sin licencia de armas o cuántos por poner bombas sin tener una Licenciatura en químicas".

Por ello ha instado a Yuste a que pida al Gobierno que solicite a la Fiscalía que recurra esta decisión judicial. "No creo que esté dentro de mis funciones instar a la Fiscalía a que adopte determinadas resoluciones", ha contestado el responsable de Prisiones.

Minutos antes, la portavoz de UPyD ha considerado "un insulto a la inteligencia" que se le haya "exonerado" alegando que "no es peligroso" porque carece de licencia de armas".

El fiscal pedía dos años y diez meses de cárcel para Ibazeta por un delito de amenazas terroristas. El Ministerio Público en cambio no le acusaba de un posible enaltecimiento del terrorismo al haber gritado además "¡gora ETA militarra!", como reflejaba una grabación realizada por los aficionados de España.

En las imágenes grabadas por los seguidores de 'La Roja', dos de los cuales eran militantes del PSE en Zarautz (Gipuzkoa), no aparece que Ibaceta pronunciara la frase "¡Voy a sacar la pistola y os voy a pegar dos tiros!" ni que la acompañara con el gesto de simular un arma con la mano.

En este sentido, los magistrados de la Audiencia Nacional Alfonso Guevara Guillermo Ruiz Polanco y Clara Bayarri, ponente de la resolución, apuntan que aunque podría tratarse de una falta de amenazas, sólo sería perseguible mediante "denuncia de la persona agraviada o su representante legal", lo que no ocurrió en este caso.

El tribunal enmarca estos hechos, que se produjeron en la noche del 1 de julio de 2012, en el "contexto bronco, callejero y tabernario" posterior al encuentro, al tiempo que descarta que las palabras de Ibaceta puedan tener naturaleza terrorista al entender que "un acometimiento verbal entre particulares, en la calle, en una zona de copas, y tras un partido de fútbol pueda tener como finalidad subvertir el orden constitucional".