El Constitucional suspende la ley que permite la investidura a distancia de Puigdemont

Informativos Telecinco / Agencias 09/05/2018 19:20

Los artículos impugnados quedan suspendidos durante al menos cinco meses -prorrogables- mientras el tribunal de garantías resuelve sobre el fondo al aplicarse artículo 161.1 de la Constitución, que prevé la adopción de esta medida de forma automática una vez se comienzan a tramitar recursos de inconstitucionalidad impulsados del Ejecutivo.

A petición de la Abogacía del Estado, el TC acuerda notificar personalmente al presidente del Parlamento de Cataluña, Roger Torrent, y a los demás miembros de la Mesa y que se les advierta de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada.

El recurso elaborado por los servicios jurídicos del Estado entiende que los preceptos que amparan la investidura no presencial resultan claramente inconstitucionales y advierten que esta modificación legal "altera las reglas del juego de la vida parlamentaria en un momento esencial" y de "forma arbitraria" con el fin de aplicarse a "un caso específico", en alusión a Carles Puigdemont.