El TC comunica al TSJC sus acciones contra la Consejería de Exteriores para que no actúe si se impugna allí su actuación

EUROPA PRESS 17/02/2016 14:55

Así se señala en el auto aprobado anoche por el tribunal de garantías, en el que acuerda dirigirse en concreto a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC por si ante la misma estuvieran ya impugnados o se impugnaran en el futuro los preceptos objeto del recurso del Gobierno, que son dos artículos del Decreto por el que se creó este departamento y otros dos del acuerdo de "estructuración" del mismo, firmados los pasados 13 y 19 de enero.

En el caso de existir estos recursos ante el TSJC, dicho tribunal deberá suspender la tramitación del proceso hasta que se resuelva el presente conflicto de competencia.

Los preceptos impugnados son por un lado los artículos 1.1 y 3.3 apartados 1 y 2 del Decreto de la Generalitat de Cataluña 1/2016 de 13 de enero de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los Departamentos de la Administración de la Generalitat de Cataluña, en lo relativo a la creación del Departamento de Asuntos Exteriores, Relaciones Institucionales y Transparencia.

Igualmente se revisará la constitucionalidad de la competencia por parte del Gobierno en relación con los artículos 1.1 b) y 20 de decreto de la Generalitat de Cataluña 45/2016 de 19 de enero, de estructuración de la citada Consejería de Exteriores.

Se solicitó la suspensión de la competencia de dicho departamento, que se ha acordado de forma automática en cumplimiento de lo señalado en el artículo 161.2 de la propia Constitución al tratarse de una petición del Ejecutivo.

El Consejo de Ministros del pasado 5 de febrero aprobó la interposición de este conflicto de competencia al entender que la política internacional es competencia exclusiva del Estado, por lo que ningún órgano autonómico puede arrogarse el ejercicio de la misma.

20 DÍAS A LA GENERALITAT

Los magistrados del Constitucional han dado cuenta de su decisión a la Generalitat, por conducto de su presidente, Carles Puigdemont, para que en el plazo de 20 días "aporte cuantos documentos y alegaciones considere convenientes" antes de decidir si anulan la creación de departamento de Exteriores del Gobierno autonómico catalán, que ha incluido estas competencias dentro de su proceso de ruptura con España.

El Gobierno acudió al tribunal de garantías con el informe favorable del Consejo de Estado y de la Abogacía y solicitó que se suspendiera el decreto por el que se crea ese departamento; entiende que, de seguir funcionando, "podría generar consecuencias contrarias al ordenamiento jurídico".

Considera el Ejecutivo que la Ley de la Acción y del Servicio Exterior del Estado exige que las comunidades autónomas coordinen con el Gobierno cualquier actividad internacional que quieran desarrollar dentro de sus competencias.

El Ejecutivo de Mariano Rajoy basa su recurso en que sólo el Estado tiene atribuciones en política exterior (artículo 149 de la Constitución), como el propio Tribunal Constitucional ha dejado claro en diversas sentencias.