El TS rechaza la pretensión del financiero Hachuel de que el Estado le pagara 8 millones por daños y perjuicios

EUROPA PRESS 25/02/2015 13:40

El financiero reclamaba esta cantidad por los daños y perjuicios provocados por "el incumplimiento del Estado" de desarrollar una norma sobre la doble instancia penal, en cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y un dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU.

En una sentencia hecha pública este miércoles, el alto tribunal recuerda que el daño al que alude Hachuel es una condena de cuatro años de prisión menor, de la que sólo cumplió 58 días a consecuencia de su elevada edad y la enfermedad que padecía.

El financiero presentó al alto tribunal un recurso contencioso-administrativo después de que el Consejo de Ministros se opusiera a su solicitud en noviembre de 2013.

SIN ÓRGANOS SUPERIORES

La resolución indica que el Supremo no tiene, en el diseño de nuestro sistema procesal penal, ningún órgano superior que pueda corregir sus decisiones, salvo en materia de garantías constitucionales.

También señala que los dictámenes del Comité de la ONU no son vinculantes y no tienen fuerza ejecutiva aunque esto no significa que no deban ser tenidos en cuenta por los Estados, y agrega que en este caso la recomendación es de "imposible cumplimiento" ya que el Supremo es un órgano superior en todos los órdenes.