El TS revisará el 20 de septiembre la absolución de un agente acusado de explotar a mujeres en prostíbulos de Girona

EUROPA PRESS 02/09/2011 15:04

El Tribunal Supremo revisará el próximo 20 de septiembre la sentencia que la Audiencia Provincial de Girona dictó en diciembre pasado y en la que absolvía a un guardia civil que había sido acusado de liderar una red de proxenetas que captaba jóvenes de Ucrania y las obligaba a prostituirse en locales de Girona, informaron fuentes jurídicas.

La Sala Segunda del alto tribunal analizará en una deliberación a puerta cerrada el recurso presentado por la Fiscalía, que solicitó una condena de 24 años de cárcel. La sentencia también exculpaba a los otros dos acusados, la mujer del agente y el portero de un local de alterne. El ponente de la resolución será el magistrado Miguel Colmenero.

Uno de los principales elementos que los investigadores utilizaron para incriminar a los acusados fueron unas grabaciones de conversaciones telefónicas en las que se les escuchaba amenazando a las jóvenes. No obstante, la sentencia declaró nulas estas escuchas al considerar que la resolución que autorizaba los pinchazos no estaba "justificada" y vulneró "el derecho fundamental al secreto en las comunicaciones".

Los testimonios de las mujeres se consiguieron a partir de estas escuchas, por lo que el tribunal no pudo valorar sus testimonios. Tampoco pudo tener en cuenta los objetos intervenidos en los registros efectuados en los domicilios de los imputados por ser autorizados a partir del material incriminatorio recopilado gracias al contenido de las conversaciones.

La Audiencia de Girona también justificó la absolución en que no existían pruebas más allá de las derivadas de las escuchas, ya que los acusados negaron los hechos y los agentes no percibieron ninguna conducta delictiva con actuaciones desvinculadas de dichos pinchazos.

LAS ACUSACIONES NO QUEDAN ACREDITADAS

Los tres procesados estaban acusados de explotar sexualmente a tres mujeres ucranianas de 18 y 19 años entre septiembre de 2001 y junio de 2002 en diferentes locales de Catalunya. Así, según la acusación, captaban a las chicas en su país de origen, ofreciéndoles, mediante engaño, trabajos inexistentes en España y prestándoles el dinero para hacer el viaje.

Una vez en Girona, aprovechándose de su situación de vulnerabilidad, supuestamente las llevaban a hoteles y las obligaban, bajo la amenaza de hacerles daño a ellas o a sus familias, a trabajar como prostitutas y a entregarles el dinero que obtenían.

La sentencia también apuntó, en este sentido, que "no ha quedado acreditado" que ninguno de los tres acusado hubiera propiciado la entrada en España de las tres supuestas víctimas consiguiéndoles la documentación y el dinero para ello, ni engañándolas.