El TSJC confirma la anulación de 4 despidos en el ERE de la Agencia de Cooperación catalana

EUROPA PRESS 09/01/2014 15:32

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el TSJC confirma la del Juzgado social 33 de Barcelona y recalca que la empresa tiene la libertad de elección de los trabajadores para la afectación del ERE "pero siempre y cuando esta elección no responda a móviles discriminatorios".

La sentencia del Juzgado social estimó parcialmente las demandas de tres mujeres que estaban embarazadas en el momento de aplicar el ERE --y cuya situación era conocida por la empresa--y el de un hombre al que se despidió alegando razones de reorganización interna pero cuyo puesto de trabajo no fue anulado y fue ocupado por una compañera que era miembro del comité de empresa.

Por ello, el juez declaró el derecho de los demandantes a su "inmediata readmisión y al abono de los salarios dejados de percibir", algo que ahora el TSJC confirma en su sentencia, que no es firme y que puede recurrirse ante la sala social del Tribunal Supremo.

El fallo del Juzgado Social sí avaló el despido de otros 13 trabajadores que habían demandado a la empresa pública, y que habían alegado entre otros motivos que eran discriminados por su condición de extranjeros.