EL TSJM ordena destruir las armas en depósito judicial desde 1971 que ya no tienen trascendencia judicial

EUROPA PRESS 01/11/2015 11:52

El acuerdo del TSJM, al que se ha informado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), pasa por pedir a la Jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid una relación de armas intervenidas en cada órgano judicial, tras contarse ya con un listado remitido por la Benemérita sobre las armas intervenidas entre 1971 y 1990

Una vez se cuente con esa información, el TSJ se dirigirá a los jueces decanos y al presidente de la Audiencia Provincial de Madrid para que, a través de ellos, los diferentes jueces de instrucción, de menores y las secciones penales de la Audiencia "se pronuncien sobre la conservación o destrucción de las armas incluidas en esas relaciones".

Respecto de aquellas que no se identifiquen como "vinculadas a algún procedimiento judicial", según señala el acuerdo al que ha tenido acceso Europa Press, el TSJM ordena que se les de el destino previsto en el artículo 170 del Reglamento de Armas, que es la destrucción.

En el comunicado que la Guardia Civil remitió el pasado mes de julio al TSJM se señala que la mayor parte de las armas más antiguas, las incautadas entre 1971 y 1990, "no se ha documentado ninguna actividad relacionada con el arma/objeto", puesto que los juzgados o no han contestado o lo han hecho señalando que desconocían la respuesta.

En otros casos, los órganos vinculados a las armas ya no existen, como es el caso los antiguos juzgados de distrito. "Es decir, no existe un pronunciamiento expreso sobre qué hacer", concluía la Benemérita.

Ante esta situación, la Guardia Civil se dirigió a las autoridades judiciales "en solicitud de una solución a la problemática planteada", que han resuelto averiguar si siguen teniendo trascendencia judicial y, en el caso contrario, que sean destruidas.