Vizcaya interpone una cuestión de competencia contra la proposición de ley de consultas propuesta por EH Bildu

EUROPA PRESS 09/03/2016 13:23

La Diputación vizcaína considera que dicha Proposición de Ley, tomada en consideración por el Pleno del Parlamento vasco el pasado 4 de febrero y publicada en el Boletín Oficial del País Vasco el 19 de febrero, "vulnera las competencias" del Territorio Histórico de Vizcaya.

Así, según ha indicado la Institución foral, la Proposición de Ley "no invoca ningún título competencial autonómico que la habilite para abordar las consultas populares ni otras formas de participación ciudadana, sino que se sitúa al margen o por encima del orden de competencias previsto en el Estatuto de Autonomía del País Vasco y en la Ley de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los órganos forales de sus Territorios Históricos (LTH)".

Tal y como se recoge en su artículo 1, dicha iniciativa tiene por objeto "el establecimiento del régimen jurídico, las modalidades, el procedimiento, la realización y la convocatoria de los mecanismos de las consultas populares, y otras formas y mecanismos de participación ciudadana institucionalizada en el ámbito competencial del Gobierno vasco, las Diputaciones Forales y las entidades locales", ha señalado Diputación.

La institución foral entiende que dicho enunciado "abarca cualquier competencia foral, sin distinción entre las atribuidas por el Estatuto de Autonomía o por la LTH, y que equipara las competencias municipales y forales, cuya naturaleza y distribución es distinta".

Además, mantiene que, "aunque la Proposición de Ley abre la posibilidad de un desarrollo parcial por las Diputaciones Forales en lo relativo a la organización y el funcionamiento de las consultas populares, ello contraviene las competencias forales de autoorganización que el Estatuto de Autonomía del País Vasco atribuye a los Territorios Históricos en régimen de exclusividad en su artículo 37.3".

Por otro lado, considera que "la repetida alusión al Gobierno vasco y a las Diputaciones Forales (dejando a un lado a las Juntas Generales) da a entender que la Proposición de Ley sólo afecta al ejercicio de las funciones ejecutivas, cuando en realidad la Proposición de Ley afecta a cualquier función de cualquier materia competencial".

Añadido a esto, ha indicado, "la amplitud del objeto de los indicados procesos de participación permite que pueda incluirse cualquier función (normativa, de desarrollo reglamentario, organizativa o de ejecución) sobre cualquier materia y sin matices, lo que se traduce en un exceso competencial que contraviene completamente el reparto de competencias establecido".

DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS

Por tanto, la Diputación Foral de Vizcaya defiende que la Proposición de Ley "no sólo no atiende sino que prescinde por completo de la distribución de competencias recogida en el Estatuto de Autonomía del País Vasco y en la LTH, las dos normas que sirven de parámetro de control para la Comisión Arbitral".

Además, añade que, "en lugar de acudir al catálogo de materias y funciones sobre el que se establece el reparto, crea una nueva materia, las de las consultas populares e instrumentos de participación ciudadana, en el que lo esencial parece ser el instrumento (la consulta en sí) sin importar la materia sectorial sobre la que se aplique dicho instrumento".

La Diputación vizcaína entiende que "las diversas formas de participación ciudadana que contempla la Proposición de Ley sólo adquieren sentido en una realidad concreta y referidas necesariamente al ejercicio de las competencias que sobre una materia determinada realizan los poderes públicos en su ámbito de aplicación".

Según indica, las consultas ciudadanas tienen, por tanto, "un carácter instrumental respecto a las competencias sustantivas de cada nivel territorial y no constituyen una materia competencial dotada de sustantividad propia, sino que se insertan o acompañan a las materias sectoriales a las que se refieren". Por ello, la Diputación considera que "no está al alcance del Parlamento vasco establecer el régimen jurídico de las consultas ciudadanas más allá del ámbito de las competencias de las Instituciones Comunes".

A juicio de la Diputación Foral de Vizcaya, "el único límite infranqueable que las instituciones comunes y forales deben respetar es el de las competencias propias" y la Proposición de Ley de Consultas "rebasa este ámbito competencial y crea una nueva materia al margen de dicha distribución de competencias", lo que ha motivado la interposición de la citada cuestión de competencia ante la Comisión Arbitral.