Pide ayuda a la reina para no entregar a su hijo "enfermo" a su marido "maltratador"

INFORMATIVOS TEELCINCO / AGENCIAS 06/04/2011 15:28

En una carta dirigida a la Reina, esta mujer, que se encuentra "en busca y captura" al no haber entregado el menor a su padre, tal y como había decidido el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2, le suplica "ayuda" y recuerda que su marido, además de ser un "maltratador", tiene pendientes dos juicios, el primero de ellos "por quebrantar la orden de alejamiento respecto a mi persona y a mi padre".

El segundo juicio pendiente es "por lesiones graves a mi padre, también en presencia de mi hijo", el cual, según recuerda, "tiene diagnosticadas" hasta cinco enfermedades, como son "intolerancia a la lactosa, colon irritable, diarreas crónicas intermitentes e hipoglucemia y desde febrero de 2010 está siendo visto en Psiquiatría".

Tras afirmar que el padre del menor sólo le ha visto 18 horas en el punto de encuentro familiar, la mujer critica que el juez le haya dado la guarda y custodia pese a que "no lo conoce y le ha hecho mucho daño". "Desconoce sus costumbres y sus enfermedades porque nunca ha querido saber nada de su hijo", señala, para preguntarse a continuación "cómo se puede cometer esta barbaridad y entregar a mi hijo a un maltratador que le ha hecho daño a su propio hijo?".

"Su vida corre peligro"

De igual modo, la mujer deja claro que "nunca he querido desobedecer a su señoría, sólo quiero que mi hijo se cure y sea un niño normal y feliz", mientras que "en manos de su padre, que es violento y agresivo, su vida corre peligro". Por todo solicita a Su Majestad la Reina que la "ayude" como "madre, abuela y reina de todos los españoles".

El pasado día 17 de febrero el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 celebró una comparecencia en la que tanto el Ministerio Público como el abogado del padre interesaron el cambio de guarda y custodia a favor de éste último, tras lo cual el juez dictó un auto en el que adoptaba como medida "cautelar" atribuir la custodia al progenitor, siendo la patria potestad compartida por ambos. Asimismo, acordó dejar sin efecto la obligación del padre de abonar la pensión de alimentos por importe de 500 euros y declara la obligación de la madre de abonar 250 euros.

En el auto, el juez llama la atención sobre "los incumplimientos reiterados de la madre" de acudir al punto de encuentro, lo que motivó que se le impusiera una multa coercitiva en julio de 2010, y señala que, "pese a ello, no se llevaron a cabo las visitas tuteladas previstas para el 9 de septiembre, 14 y 28 de octubre", señalando que los técnicos del punto de encuentro "dejaban constancia de que se ha podido observar una evolución positiva en la adaptación del menor a los encuentros con su padre, mostrándose el mismo sonriente, dinámico y participativo".

Así, los técnicos "aconsejaron que, para la progresión del régimen de visitas, las mismas se pudieran efectuar en un entorno más natural y, por ende, fuera del punto de encuentro, lo que le fue notificado a la madre el 22 de octubre de 2010". Tras ello, y según prosigue el juez, "las incomparecencias de los días 11 y 25 de noviembre y 2 de diciembre de 2010 se justificaron alegando una diarrea intermitente, y las de los días 9 y 16 de diciembre aportando partes médicos", hasta que el 22 de diciembre de 2010 "el abuelo materno manifestó al punto de encuentro que su nieto no acudirá a ninguna visita prevista mientras el Juzgado no se pronuncie".

Tras resaltar "la falta de colaboración" de la madre, el juez dice que "no es dable utilizar la enfermedad que pudiera sufrir el menor como mecanismo para evitar el contacto con su padre, llegando a difuminar la figura paterna hasta el punto de que el menor llame a su abuelo papá", agregando que, "si bien es cierto que el menor estuvo ingresado algunos días de noviembre en el hospital Macarena, ello no puede suponer una generalización del estado de salud del mismo que le imposibilite de forma crónica y reiterada para acudir al punto de encuentro".

El hecho "de haber dejado de acudir al colegio en el primer trimestre en 18 ocasiones no supone un absentismo ni tampoco una situación de enfermedad prolongada en el tiempo, más allá de algunos episodios concretos", añade el juez en el auto, en el que asevera que "lo que se está poniendo al descubierto es un evidente problema de aptitud de la madre para cumplir con el conjunto del papel que conlleva ser guardador y custodio exclusivo del hijo", por lo que acuerda dar la custodia al padre. EBP

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