La otra cara de la inmigración: más de 6.000 menores solos llegaron en patera a las costas españolas

telecinco.es 27/02/2019 11:52

La cifra de menores migrantes solos que accedieron a costas españolas en 2018 ha aumentado casi un 160% con respecto a 2017, cuando se contabilizó la llegada de 2.345 niños y niñas por la vía marítima.

Así lo pone de manifiesto el informe de UNICEF Comité Español 'Los Derechos de Niños y Niñas Migrantes No Acompañados en la Frontera Sur Española. El estudio ha sido elaborado tras una investigación en Andalucía, Ceuta y Melilla, donde la organización ha visitado al menos 15 centros de menores para conocer de primera mano la situación de los niños.

La organización denuncia la "saturación" y "hacinamiento" de estos centros, así como la falta de personal y recursos para su protección e integración social. La experta en Políticas de Infancia y Migraciones de UNICEF Comité Español, Sara Collantes, ha apuntado que, si bien es sistema de acogida tiene "un enfoque correcto" de protección a la infancia, "al descender a su día a día hay déficits y desprotección".

Actualmente, hay 13.012 niños migrantes no acompañados viviendo en nuestro país bajo tutela de las comunidades autónomas. Estas cifras constituyen las más elevadas para España desde que se ha constituido en país receptor de inmigración.

Se trata de niños que llegan sin la compañía de un adulto responsable de ellos. Niños que dejan su país por falta de futuro o huyendo de la violencia. Niños y niñas que proceden mayoritariamente de Marruecos (68%), Guinea Conakry (8,4%), Argelia (5,2%), Malí (4,5%) y Costa de Marfil (3,5%). Niños y niñas que necesitan protección y a los que el Estado español debe proteger.

Los desafíos

El informe ha detectado cinco grandes desafíos a los que se enfrenta España a la hora de dar respuesta a las necesidades de protección de los niños y niñas migrantes no acompañados:

1. La necesidad de que existan mecanismos de coordinación, basados en datos de calidad y accesibles, y en estándares comunes para todos los territorios (CCAA).

2. Que los procedimientos, a los que se ven sometidos estos niños desde su recepción hasta que alcancen la mayoría de edad, estén guiados por la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y el interés superior del niño. Por ejemplo, el procedimiento de determinación de la edad, que se basa casi exclusivamente en pruebas oseométricas, que tienen un amplio margen de error. Y se suele realizar sin las garantías jurídicas básicas, como la intervención de un abogado.

3. Que el modelo de atención en los centros de protección se adapte a las necesidades. En los centros hay sobresaturación y hacinamiento, escasez de profesionales especializados, niños que acaban viviendo en la calle, retrasos en la escolarización, falta de un enfoque de género, etc.

4. La necesidad de fortalecer los mecanismos que supervisen el cumplimiento de los derechos de los niños no acompañados, sobre todo la supervisión que realizan las fiscalías (que son las encargadas de velar por el respeto de estos derechos) y la propia sociedad civil.

5. Conseguir la integración de los niños y niñas más allá de la mayoría de edad con inversión a medio y largo plazo.