El TUE avala la pena de cárcel para los inmigrantes que reincidan en la entrada ilegal a la UE

EUROPA PRESS 01/10/2015 14:30

La sentencia se refiere al caso de un ciudadanos albanés sobre el que las autoridades italianas dictaron en abril de 2012 un decreto de expulsión y una orden de expulsión, acompañada de una prohibición de volver a entrar en el país en los tres años siguientes. Tiempo después de ser expulsado, el ciudadano volvió a entrar de manera ilegal en Italia y la Fiscalía solicitó una pena de cárcel de ocho meses.

La ley italiana prevé penas de entre uno y cuatro años de prisión para los nacionales de terceros países que entren en el país infringiendo una prohibición de entrada previa. El juez ha preguntado al TUE si ello está en línea con la normativa europea.

El Tribunal europeo considera que la directiva que regula la devolución de los inmigrantes irregulares "no se opone a que se impongan sanciones penales, con arreglo a las normas nacionales y siempre que se respeten los derechos fundamentales", a los nacionales de terceros países a los que se haya aplicado el procedimiento de retorno y se encuentren en situación irregular, sin motivo justificado para el no retorno.

Además, recuerda que la normativa europea en materia de retorno forma parte integrante del desarrollo de una política común de inmigración "que garantice, entre otras cosas, la prevención de la inmigración ilegal y la lucha reforzada contra esta".